El TS carga ahora al banco el impuesto de la hipoteca y desata reclamaciones

El cliente podrá requerir lo pagado por actos jurídicos documentados en las escrituras ante notario a Hacienda, la entidad o la Justicia, aunque no está claro el alcance de la retroactividad

Un hombre mira el escaparate de una inmobiliaria. DP
photo_camera Un hombre mira el escaparate de una inmobiliaria. DP

SANTIAGO. El Tribunal Supremo (TS) ha echado un nuevo jarro de agua fría sobre la banca al dictaminar ahora que el impuesto sobre actos jurídicos documentados en las escrituras ante notario de las hipotecas tiene que pagarlo la entidad que presta el dinero y no el cliente. Cambia así el criterio que había establecido hace apenas ocho meses en una sentencia que libera a los consumidores de correr con el gasto más importante en la constitución de una hipoteca y que abre la puerta a una avalancha más de reclamaciones.

¿Qué dice exactamente el fallo?

La nueva doctrina del Supremo establece que el tributo debe recaer sobre los bancos porque son los principales interesados en que la hipoteca se eleve a escritura pública, pues así, en caso de impago, podrán ejecutar su garantía. Eso ya lo estipula la ley del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados y, sin embargo, el reglamento que la desarrolla carga el pago del tributo sobre el usuario. Lo que ha hecho ahora el Supremo es anular el artículo que establecía que el prestatario es el sujeto pasivo del tributo, por ser contrario a la ley.

¿Cómo funciona el impuesto?

Actos jurídicos documentados es una figura cedida a las comunidades —Galicia ingresó el año pasado 73 millones con ella, un 4,7 más— que grava determinados documentos mercantiles o notariales, como las escrituras del préstamo para comprar una vivienda. No se aplica realmente sobre el importe del crédito, sino a lo que se denomina responsabilidad hipotecaria, que añade una cantidad de dinero para cubrir intereses ante un eventual impago de las cuotas o para los gastos que pudieran derivar de un embargo. El tipo oscila entre un 0,5% y 1,5%, en función de la comunidad. En el caso de Galicia, se aplica el más alto. A modo de ejemplo, para una Escaparate de una inmobiliaria. dp hipoteca media de 100.000 euros —que subiría a unos 130.000 con esos costes adicionales—, el impuesto de actos jurídicos documentados sería de 1.950 euros.

¿Quién puede reclamar?

La nueva jurisprudencia del Supremo supone que será el banco el que asuma el impuesto que en las hipotecas que se firmen a partir de ahora, pero no se pronuncia en la sentencia sobre la retroactividad de la resolución, lo que deja dudas sobre qué clientes podrán recuperar el dinero y por qué vías. Los técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) confirmaron tras conocer el fallo que los consumidores que firmaron una hipoteca en los últimos cuatro años —los no prescritos fiscalmente— podrán solicitar directamente a la Agencia Tributaria la devolución de lo pagado por el impuesto de gastos jurídicos, más los intereses de demora. El fisco sería después el que exigiría el pago a los bancos. Y dan por hecho, al igual que abogados y asociaciones de usuarios del sector financiero que los titulares de hipotecas anteriores podrán reclamar lo abonado, bien ante las entidades —a las que instan a establecer un procedimiento para dar una solución global— o por la vía judicial. Entienden que al anular el Supremo la cláusula que imponía el abono al cliente, el derecho a recuperar el dinero no prescribe.

¿Y la factura para la banca?

Si la retroactividad es total, como consideran diversos juristas, y pueden pedir la devolución del dinero todos los que tengan una hipoteca en vigor —8 millones de personas— o incluso la hayan cancelado, el impacto económico para los bancos será considerable. Moody’s lo estima en más de 4.000 millones. El cambio de criterio del Supremo pone la puntilla a la baja rentabilidad del sector, que ayer se desplomó en Bolsa. Al final los usuarios pueden acabar pagando los platos rotos si la banca encarece las hipotecas pese a la guerra que libran y suben las comisiones para hacer frente a la factura, otra más que se suma a la de las cláusulas abusivas.