Archivan la causa contra Raúl López por amenazas en la Cóndor

En esta causa también se veía envuelto el gerente del Multiusos do Sar ►El denunciante fue declarado "testigo protegido" en abril de 2017 por la jueza Pilar de Lara

Raúl López. AEP
photo_camera Raúl López. AEP

La titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Santiago de Compostela, Ana López-Suevos, ha ordenado el archivo de la causa abierta contra el presidente del Obradoiro C.A.B. y dueño de Monbús, Raúl López, y el exgerente del Multiusos do Sar, Santiago Cuadrado, por un delito contra la administración de la justicia.

El auto del juzgado, fechado a 30 de abril y al que ha tenido acceso Europa Press, determina el sobreseimiento provisional de la causa que investigaba las supuestas amenazas proferidas por López y Cuadrado contra una persona, declarada testigo protegido por la titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Lugo, Pilar de Lara, en el marco de la Operación Cóndor.

Ante este juzgado en julio de 2016, el denunciante presentó un escrito en el que aseguraba ser víctima de "un proceso de acoso y amenazas" por parte de López y Cuadrado "dirigido a intimidar" a esta persona, que había denunciado "una serie de irregularidades" en las que se habrían visto implicados el presidente del club deportivo y el gerente de las instalaciones santiaguesas.

Dichas "irregularidades" tenían que ver con la "gestión de Xade S.L., empresa de capital mixto, encargada de la gestión de los recintos deportivos dependientes del ayuntamiento de Santiago de Compostela" (cuyo apoderado es S.L.C.) y el supuesto "trasvase de dinero negro entre las sociedades Xade S.L. y Obradoiro Club Baloncesto (que preside Raúl López), el cual podría emplearse para efectuar remuneraciones en B a empleados y jugadores del club".

En su escrito, López Suevos determina que "resulta imposible por razones cronológicas" que las supuestas amenazas vertidas por Raúl López contra esta persona "se encuentre relacionada con el escrito de denuncia presentado" por el denunciante en el juzgado de Instrucción número 1 de Lugo.

"Sin entrar a valorar si las amenazas tuvieron lugar o no, en todo caso no serían constitutivas de un delito contra la administración de justicia y no pueden ser objeto de la presente causa", prosigue la resolución judicial.

Además, en cuanto a las "llamadas amenazantes" que aseguró haber recibido el denunciante por parte de los acusados, el juzgado indica que "no existe ninguna prueba objetiva" de su existencia, ya que el querellante "afirmó que borró, por equivocación, el registro de dichas llamadas en su terminal telefónica".

QUERELLA POR CALUMNIAS

Asimismo, también apunta que el demandante notificó al Servicio de Vigilancia Aduanera que estaba recibiendo amenazas. Lo hizo el día 20 de marzo de 2017, lo que coincide con las fechas en las que se produjo el acto de conciliación de una querella interpuesta por Santiago López Cuadrado contra el testigo protegido, al que se le acusaba de un delito de calumnias que se "había gestado" meses antes.

El gerente de Xade había presentado la querella por calumnias contra esta persona, que había sido expulsada como usuaria del Multiusos Fontes do Sar luego de que promoviese quejas contra Santiago López Cuadrado, llegando incluso a remitir informaciones a los medios o a presentar un escrito pidiendo su cese en el Ayuntamiento de Santiago.

"Esta coincidencia temporal avala la tesis de la defensa de los investigados de que la denuncia de amenazas pudo ser una reacción frente a la querella interpuesta", determina el juzgado, que tampoco cree probado que el denunciante fuese sometido a un proceso de vigilancia, como también aseguró.

Así las cosas, concluye que la querella por calumnias interpuesta por Santiago López Cuadrado contra el denunciante "no forma parte de una estrategia de persecución y acoso contra este por culpa de la denuncia promovida en el juzgado de Instrucción número 1 de Lugo, pues la determinación de su promoción es muy anterior a que el señor López Cuadrado conociese la existencia de dicha denuncia".