Condenado el parricida de Oza a prisión permanente revisable

La sentencia considera acreditado que el hombre no aceptó la decisión de su exesposa de separarse de él y cometió el crimen "con la intención de causarle el mayor sufrimiento psíquico posible"

O acusado de matar ao seu fillo de 11 anos en Oza durante o xuízo. CABALAR (EFE)
photo_camera O acusado de matar ao seu fillo de 11 anos en Oza durante o xuízo. CABALAR (EFE)

La Audiencia de A Coruña ha condenado a prisión permanente revisable, por decisión de un jurado popular, al hombre que en mayo de 2017 asesinó a su hijo de 11 años golpeándolo en la cabeza con una pala de obra en una zona boscosa y de difícil acceso situada en el municipio de Oza-Cesuras. La sección primera del tribunal provincial ha considerado al parricida como autor de un delito de asesinato con alevosía, ya que la víctima era menor de 16 años, y ha considerado que concurre el agravante de parentesco y de género, en concurso medial con un delito de lesiones psíquicas a su exmujer, informaron fuentes judiciales.

La Audiencia también impuso la prohibición de aproximarse a menos de 1.500 metros de su exesposa y de comunicarse con ella por cualquier medio durante cinco años más que la duración efectiva de la pena de prisión permanente revisable. El asesino tendrá que abonar además a su exmujer una indemnización de 180.000 euros, según el fallo contra el que aún puede interponer recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Según las citadas fuentes, el jurado se manifestó contrario de forma unánime a la concesión del indulto o al beneficio de suspensión de la pena, una decisión que fue compartida por la presidencia de la sección primera de la Audiencia. La sentencia considera acreditado que el hombre no aceptó la decisión de su exesposa de separarse de él en 2009 y cometió el crimen "con la intención de causarle el mayor sufrimiento psíquico posible".

El fallo señala que, pese a los argumentos de la defensa, "ninguno de los peritos judiciales que examinaron al acusado apreciaron síntomas psicóticos" y los hechos probados "se avienen francamente mal con esa locura en la que tanto insistieron los peritos que han declarado a propuesta de la defensa". Así, insiste en que, tal y como expuso una médico forense en el juicio, el brote psicótico "no es compatible con una acción planeada" como la que llevó a cabo el acusado.