El TSJA rebaja la pena a la madre del niño de la maleta a 20 años de cárcel

Fadila Chardoud y el cambrés David Fuentes fueron condenados en marzo a una pena individual de 33 años y cinco meses de prisión por el asesinato del hijo de ella

 

Lugar donde fue encontrada la maleta, a las afueras de Oviedo. EP
photo_camera Lugar donde fue encontrada la maleta, a las afueras de Oviedo. EP

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha rebajado de 33 años y cinco meses a 20 años y tres meses de cárcel la pena a Fadila Chardoud, la madre del niño de 21 meses cuyo cadáver fue hallado en una maleta cerca de un apeadero de tren de Oviedo en noviembre de 2014.

La sentencia, en la que un magistrado emite un voto particular al considerar que todo el juicio debería repetirse por quebrantamiento de ley, declara la nulidad de la condena respecto al hecho relativo de lesiones, que deberá enjuiciarse nuevamente por el tribunal técnico que resulte competente, con exclusión del jurado.

De esta manera, la pena impuesta a la expareja de la mujer, David Fuentes, queda reducida de 33 años y cinco meses a 28 años y cinco meses de cárcel por los delitos de asesinato (25 años), maltrato (tres años) y profanación de cadáver (cinco meses)

El fallo emitido por el TSJA tras la vista de apelación deja sin efecto el concurso de la agravante de parentesco respecto a la madre del menor en los delitos de malos tratos y asesinato, considerando a la misma como cómplice respecto de este último.

Por ello, impone a la madre la pena de dos años y tres meses de prisión por el delito de malos tratos y dieciocho años de prisión por el delito de asesinato en grado de complicidad.

El magistrado Ángel Aznárez Rubio ha emitido un voto particular en el que considera que debería repetirse todo el juicio por diversos defectos que representan un quebrantamiento de ley, entre ellos la contradicción entre sí de los pronunciamientos de los hechos declarados probados y no probados por el jurado en el objeto del veredicto.

En concreto, apunta que el objeto de veredicto aprobó tanto lo propuesto por la Fiscalía como lo propuesto por la acusación particular en cuestiones "divergentes e incompatibles".

Así, en sus distintos puntos, el objeto del veredicto da por probado tanto que el maltrato cometido por David Fuentes era únicamente contra el menor como que era contra el niño y su madre, al igual que otras afirmaciones divergentes sobre la falta de asistencia médica al pequeño.

El magistrado considera que ante la "contradicción manifiesta" se debería de haber devuelto el veredicto al jurado y que al no haberse hecho así se produce "una nulidad del juicio por defecto grave e insubsanable", tal y como reclamaba la defensa de David Fuentes.

Además, añade que la propia sentencia de la Audiencia alude a un error material en la transcripción del resultado de la votación en uno de los apartados, que no fue aclarado por la magistrada pese a la petición de la defensa de David Fuentes, lo que "deja dudas y conjeturas, entendimientos dudosos y confusos", todo ello "incompatibles con las certezas pretendidas en un procedimiento criminal".

El TSJA ha emitido la nueva sentencia después de que se tuviera que repetir la vista de apelación por la enfermedad de uno de los magistrados.

Fadila Chardoud -de 25 años y nacionalidad marroquí- y David Fuentes -de 36 años y natural de Cambre (A Coruña)- fueron condenados el pasado mes de marzo, tras el veredicto de culpabilidad del jurado popular, a una pena individual de 33 años y cinco meses de cárcel por el asesinato del hijo de ella, de 21 meses, y cuyo cadáver fue hallado en una maleta cerca de un apeadero de tren de Oviedo en noviembre de 2014.

Tras cometer el crimen y abandonar el cuerpo, ambos huyeron a León, donde fueron detenidos el 11 de noviembre de 2014 tras un intenso operativo de búsqueda y tras llamar el hombre al 112 para entregarse ante la presión policial.