El Constitucional paraliza el reconocimiento de Aragón como "nacionalidad histórica"

Admite el recurso del Gobierno contra la ley aragonesa de derechos históricos

Tribunal Constitucional. ARCHIVO
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El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Gobierno contra una parte de la Ley de Derechos Históricos de Aragón aprobada el pasado mes de junio, que declara a esta comunidad "nacionalidad histórica". Según fuentes del Tribunal, la providencia solo suspende la vigencia del artículo 7.1 C de la ley.

El pasado 8 de febrero, el Consejo de Ministros aprobó recurrir esa norma después de que concluyera sin acuerdo la negociación emprendida. Este recurso se sumó al presentado por el PP ante el mismo tribunal en octubre.

En la referencia del Consejo de Ministros se indicaba que la ley mencionada podría vulnerar, entre otros artículos o preceptos, la disposición adicional primera de la Constitución, que es la que alude a la actualización de los derechos históricos y forales y establece que ésta se lleve a cabo en el marco de la Constitución y del respectivo Estatuto de Autonomía. 

También apuntó el Gobierno que podían quedar "vulnerados" los principios de soberanía nacional, constitucionalidad y derecho a la autonomía. 

Entre otros asuntos, citaba una posible vulneración del derecho fundamental a participar en los asuntos públicos e, incluso, de cuestiones del régimen electoral general y mencionaba la "infracción" de las competencias estatales en tres ámbitos: patrimonio, hacienda y justicia.

El Gobierno impugnó casi una treintena de artículos, así como la disposición adicional segunda y tercera y la disposición final tercera. 

El PP interpuso su recurso el pasado octubre, al entender que atenta contra la Constitución y el Estatuto, algo de lo que alertaron los letrados del Parlamento autonómico en su momento. Para los populares, hay al menos 24 artículos que no encajan en el marco constitucional y que pueden derivar en invasiones competenciales. 

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