El Estado indemnizará a Audasa por los "peajes en sombra" de la AP-9

El Tribunal Supremo estimó el recurso de la concesionaria tras la supresión del cobro de los peajes en los itinerarios Vigo-O Morrazo y A Barcala-A Coruña
Cabinas en un peaje de la AP-9. DAVID FREIRE
photo_camera Cabinas en un peaje de la AP-9. DAVID FREIRE

El Estado deberá indemnizar a la concesionaria de la AP-9, Audasa, por haber recortado en 2017 la compensación que la empresa recibía en concepto de "peajes en sombra", esto es, por la supresión del cobro de los peajes en los itinerarios Vigo-O Morrazo, A Barcala-A Coruña, e inversos.

En la sentencia conocida este martes, el Tribunal Supremo estima el recurso de la compañía, que solicitaba ser resarcida por el perjuicio que le causó una modificación "unilateral de la concesión" basada "sobre uno de los elementos esenciales del contratos", el peaje por sistema de tarifa.

Según la sala de lo Contencioso-Administrativo, hasta 2006 los tramos Vigo-O Morrazo y A Barcala-A Coruña (e inversos) se regían por el "peaje al sol", es decir, era el usuario quien abonaba directamente la tarifa a fin de utilizar la autopista, si bien este sistema era compatible con la existencia de ayudas para los residentes.

Sin embargo, ese año la Administración General del Estado acordó con la Xunta de Galicia y con la sociedad concesionaria de la autopista del Atlántico la supresión del cobro del peaje a todos los vehículos que efectuasen los citados recorridos.

A cambio, el Estado y la propia comunidad autónoma, "a partes iguales", se comprometieron a compensar a Audasa por el paso "al peaje en la sombra", todo con el objetivo de "solucionar los problemas de tráfico" en estos itinerarios.

No obstante, lo "relevante" de este cambio, destaca la sentencia, es que los ingresos de la concesionaria seguían dependiendo de los tránsitos de la autopista a pesar del cambio de pagador.
Años después, en 2017, el Gobierno aprobó hacerse cargo de forma íntegra de la compensación hasta 2048, año en el que finaliza la concesión de la AP-9.

El mismo real decreto preveía recortar la cuantía a abonar a Audasa tras constatar "una diferente evolución de los ingresos por el peaje de los tramos en los que se implantó la supresión del cobro respecto a los del resto de la autopista".

Este hecho, explicaba el Ejecutivo, había generado una "situación perjudicial para las administraciones implicadas" y suponía un "cierto enriquecimiento injusto" de la concesionaria.
Ahora el tribunal da la razón a Audasa, que en 2018 presentó su recurso de casación, y sentencia que la normativa "impide" variar el régimen de retribución del contratista "cuando se alteren las bases" y la compensación pase a depender de "elementos extraños al sistema inicialmente determinado".

Por ello, reconoce el derecho a indemnización de la compañía, que en los últimos resultados anuales disponibles, los de 2018, registró la mayor caída de ingresos (-28,4 %) en la partida destinada a estos peajes a consecuencia de que la Administración redujera su aportación.