Multa de 7.200 euros al promotor de la pitada al himno en la final de Copa de 2015

La Fiscalía pedía para Espot una multa de 14.400 euros como autor de los delitos de injurias al Rey y de ultraje a España

El presidente de Catalunya Acció, Santiago Espot, en la Audiencia Nacional. JP GANDUL
photo_camera El presidente de Catalunya Acció, Santiago Espot, en la Audiencia Nacional. JP GANDUL

La Audiencia Nacional ha condenado al presidente de Catalunya Acció, Santiago Espot, a una multa de 7.200 euros como promotor de la pitada al himno, en presencia de Felipe VI, en la final de la Copa del Rey en el Camp Nou entre el FC Barcelona y el Athletic de Bilbao, disputada el 30 de mayo de 2015.

El juez central de lo Penal, José María Vázquez Honrubia, ha considerado en su sentencia a Espot autor de un delito de injurias a la Corona y otro de ultrajes a España al considerar que su actuación no estaba amparada por el derecho a la libertad de expresión.

El magistrado le sitúa como autor "de un plan preconcebido y planificado por el mismo" que ejecutó con el "deliberado y firme propósito de ofender y menospreciar al jefe del Estado español y al himno nacional".

La Fiscalía pedía para Espot una multa de 14.400 euros como autor de los delitos de injurias al Rey y de ultraje a España y señalaba que para la ejecución de su plan publicó el 28 de mayo de 2015 en el perfil de Facebook de Catalunya Acció, un manifiesto titulado "Por la pitada al himno español y al rey Felipe de Borbón".

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