El caso de La Manada llega al Tribunal Supremo

Deberán decidir si los hechos protagonizados por el grupo constituyen un delito de agresión sexual o de abuso, como dictó la sentencia de la Audiencia de Navarra

Los cinco miembros de La Manada. ARCHIVO
photo_camera Los cinco miembros de La Manada. ARCHIVO

El Supremo revisa este viernes la condena a los cinco miembros de La Manada a nueve años de cárcel por abuso sexual a una joven de 18 años en los sanfermines de 2016, unos hechos en los que la Fiscalía ve la intimidación suficiente para condenar por agresión sexual (violación) y pide el doble de pena.

Ha pasado poco más de un año desde que la Audiencia de Navarra dictase la sentencia –ratificada después por el TSJ– que calificaba lo sucedido de abuso sexual y no agresión al no constatar el empleo de "un medio físico para doblegar" la voluntad de la víctima pese a que los acusados aprovecharon la "situación de preeminencia" y superioridad "para abusar sexualmente" de ella.

Una decisión que dio pie a protestas multitudinarias y motivó el inicio de un cambio legal que aún no ha culminado para suprimir del Código Penal la diferencia entre ambos delitos.

LA NUEVA SENTENCIA SERÁ FIRME. Ahora, serán cinco jueces del Supremo –tres especialistas en violencia de género– quienes decidan si lo que ocurrió en Pamplona el 7 de julio de 2016 encuadra en una agresión sexual, como sostienen las acusaciones.

Aquel día cinco jóvenes acorralaron a una chica de 18 años en un portal y, "atemorizada y sometida", la penetraron. Hasta el momento, los tribunales han determinado que fue un abuso con prevalimiento, dado que no quedó probado que hubiera violencia o intimidación. La sentencia que salga de esta vista será firme.

La Fiscalía pedirá que una condena de 18 años de cárcel por un delito continuado de agresión sexual, que también ven probado las otras acusaciones (Gobierno Foral, Ayuntamiento de Pamplona y víctima).

INTIMIDACIÓN. El ministerio público argumentará que no es "admisible" que se exija a "las víctimas actitudes heroicas que inexorablemente las conducirán a sufrir males mayores" e incidirá en que para la intimidación basta "con la sola presencia de cinco individuos de fuerte complexión rodeando a una víctima en un habitáculo cerrado y sin posibilidad alguna de escapar".

La defensa insistirá en la absolución de José Ángel Prenda, Jesús Escudero, Alfonso Jesús Cabezuelo, Ángel Boza y Antonio Manuel Guerrero, éste último condenado también a una multa por hurto por quedarse con el móvil de la joven, que las acusaciones piden que se eleve a robo, con pena de cárcel.

El Supremo deberá basarse en los hechos probados de la primera sentencia, en los que no se dudaba de que la víctima –"atemorizada, sometida" y en "actitud pasiva"– "no prestó su consentimiento libremente, sino viciado" y "coaccionado" por los acusados, que la trataron "como un mero objeto, con desprecio de su dignidad personal, para satisfacer sobre ella sus instintos sexuales".

Hasta ahora, las resoluciones siempre han sido objeto de discrepancia entre los jueces.

Primero un juez de la Audiencia abogó por la absolución al ver en lo ocurrido un "ambiente de jolgorio y regocijo" y no una violación. Después, dos magistrados del Tribunal Superior de Justicia de Navarra volvieron a discrepar, pero en su caso sí apostaron por agresión sexual al estimar que hubo una intimidación "particularmente degradante".