La propuesta para eliminar los aforamientos excluye a la Familia Real, fiscales, jueces y policías

Los Estatutos de Autonomía son los responsables de regular el fuero de los presidentes autonómicos, consejeros y demás miembros de los Parlamentos regionales

Los reyes Felipe y Letizia, sus hijas, la princesa Leonor y la infanta Sofía, y los reyes don Juan Carlos y doña Sofía, en la misa de Domingo de Resurrección en la Catedral de Mallorca. LLITERES (EFE)
photo_camera Los reyes Felipe y Letizia, sus hijas, la princesa Leonor y la infanta Sofía, y los reyes don Juan Carlos y doña Sofía, en la misa de Domingo de Resurrección en la Catedral de Mallorca. LLITERES (EFE)

La reforma exprés de la Constitución anunciada este lunes por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, para reducir los aforamientos excluye a la Familia Real, a los miembros de Gobiernos y Parlamentos autonómicos, así como a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que gozan de fuero. 

Según las cifras del presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Lesmes, en España hay actualmente casi 250.000 aforados, de los que algo más de 232.000 son miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad estatales o autonómicos y unos 17.603 pertenecen a instituciones del Estado y de las Comunidades Autónomas. 

La mayoría de estas personas seguirán siendo aforadas, aunque se apruebe la reforma que quiere impulsar el Gobierno, que tampoco afectará a los cinco miembros de la Familia Real que actualmente disfrutan de fuero.

LOS CUATRO REYES Y LA HEREDERA, PROTEGIDOS. En 2014, tras la abdicación de Juan Carlos I se cambió la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) para garantizar su aforamiento, así como el de doña Sofía. También están aforados el Rey Felipe, la Reina Letizia, la Princesa de Asturias, Leonor de Borbón y en el futuro lo estará quien se convierta en su consorte. 

Si la reforma anunciada por Sánchez llega a buen puerto sólo perderán el fuero, y únicamente para las actividades que no guarden relación con el desempeño del cargo, los miembros del Gobierno y los diputados y senadores que hasta ahora tienen que ser juzgados por el Tribunal Supremo en todos los casos. 

Por su parte, el fuero de los presidentes autonómicos y sus consejeros, así como de los miembros de los Parlamentos regionales, está regulado en los respectivos Estatutos de Autonomía, que establecen que deben ser juzgados en el Tribunal Superior de Justicia de cada comunidad.

Para desaforar a estas personas habría que modificar esos estatutos, algo que ya se ha hecho en Canarias, Cantabria y Murcia, cuyas reformas estatutarias están pendientes de tramitación en las Cortes. 

LIMITAR LOS AFORAMIENTO DE LOS JUECES. El Gobierno no sólo se plantea suprimir el aforamiento de ministros, diputados y senadores por actividades que no tengan que ver con el ejercicio estricto de su cargo, sino que también tiene intención de "precisar" el alcance del aforamiento de jueces, fiscales, Defensor del Pueblo o Tribunal de Cuentas.

En este caso, será necesario cambiar otras leyes como, por ejemplo, la Ley Orgánica del Poder Judicial.

No se prevén cambios, sin embargo, en el caso de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, cuyos miembros tienen una condición especial de aforamiento, que implica que deben ser juzgados por las Audiencias Provinciales en el caso de delitos cometidos en el ejercicio de su cargo. 

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