Opinión

Los políticos no saben callar

EN UN político saber hablar es tan prudente como saber callar. Por eso, la naturaleza, que es muy sabia, nos dio dos oídos y una sola boca para advertirnos de los peligros del político en abusar de la palabra, pues como nos confirma un conocido adagio "los políticos, igual que los peces, mueren por la boca".

No cabe duda que cuando no se tiene nada que decir es mejor callar. También es aconsejable el silencio cuando lo que se quiere decir no se debe decir y que antes que decir lo que se piensa, se debe pensar lo que se dice. Ya Heráclito dijo que "los ojos son testigos más exactos que los oídos". En este punto, se le da la razón a Maquiavelo, según el cual, "en general, los hombres juzgan más por los ojos que por la inteligencia, pues todos pueden ver pero pocos comprenden lo que ven". Todavía es más contundente Diógenes, el cínico, diciendo que "callando se aprende a oír; oyendo es como se aprende a hablar y luego hablando se aprende a callar".

Es mejor pensar antes lo que se dice que tener que desdecirse después. Cuando el político se ve obligado a rectificar por haberse precipitado en expresarse, siempre queda la duda de si, realmente, lo cierto era lo expresado o su rectificación.

La prudencia no solo reside en lo que se hace, sino también en lo que se dice. Por eso, el emperador Marco Aurelio aconsejaba que, "si no conviene, no lo hagas; si no es verdad, no lo digas". Defender las ventajas del silencio frente a toda verborrea, vacía e insulsa, no implica defender la ley del silencio que imponen a sus miembros las mafias y otras organizaciones secretas. Imponer el silencio para ocultar el crimen o la ilegalidad es, como mínimo, incurrir en encubrimiento como forma de participación delictiva.

Como decía Gracián, "más valen quintaesencias que fárragos" y que "lo bueno, si breve, dos veces bueno y lo malo", si breve, menos malo".

Finalmente, debe decirse que el refrán "el que calla otorga", asimilado a que el silencio da el consentimiento o aceta lo expresado por otra persona, ha sido objeto de controversia, sobre todo en el ámbito jurídico y judicial. En este terreno, se pasó de que el que calla otorga al que el que calla no afirma ni niega nada, es decir, el valor del silencio y su interpretación, positiva o negativa, depende de las circunstancias que concurren en la persona y su relación con el acto en que interviene o le afecta. En estos casos, y teniendo en cuenta, además, que el inculpado puede acogerse al derecho de no declarar, el juzgador puede interpretar el silencio como afirmativo o negativo, si el que debiendo hablar calla y el que debiendo conocer lo niega.

Esa es la función del juez que, como se sabe, debe juzgar apreciando conjunta y ponderadamente las pruebas aportadas y practicadas en el juicio, sin prejuicios más o menos basados en interpretaciones sicológicas carentes de la necesaria solvencia y certidumbre.

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