Hacienda controlará los cobros por Bizum de los autónomos y pymes desde enero
Con la entrada del nuevo año, la Agencia Tributaria reforzará el control sobre los pagos electrónicos, ya sea con tarjeta, vía transferencia bancaria o mediante teléfonos móviles. Aquí entra en juego Bizum, la popular plataforma cada vez más usada para enviar y recibir dinero al instante usando solo el número de teléfono. En el punto de mira estarán los autónomos y pymes que utilicen Bizum para cobrar trabajos y servicios, pues Hacienda quiere asegurarse de que declaran como corresponde esos ingresos y combatir un posible fraude fiscal por esa vía.
Esta nueva fiscalización emana de un real decreto de abril de 2025 que modificó el Reglamento general de actuaciones y procedimientos de gestión e inspección tributaria. A partir del próximo año, los bancos y entidades de pago ya no solo tendrán que comunicar a Hacienda los movimientos que generen ingresos superiores a 3.000 euros, como ocurría hasta ahora, sino todos. Y es que, más que en la cuantía que se transfiera, el fisco pondrá el foco en los pagos recurrentes, aquellos que se repiten de forma periódica o sistemática.
Las entidades bancarias deberán informar cada mes a Hacienda del importe facturado con Bizum por los profesionales o empresarios —el dato acumulado, sin precisar cada operación— e identificar las cuentas bancarias o de pago a través de las que se efectúen los cobros.
En el ámbito profesional, los ingresos por Bizum se deben declarar en el IRPF, Iva o Sociedades, según corresponda. Y también se debe emitir factura en caso de que el cliente lo solicite.
Hacienda podrá cruzar los cobros obtenidos a través de esta plataforma con lo declarado en impuestos y, si las cifras no coinciden, podrá activar una inspección. En caso de detectar ocultación o fraude, el contribuyente se expone a sanciones económicas que podrán oscilar entre el 50 y el 150% de los ingresos no declarados.
¿Y los particulares?
Por su parte, las ya comunes transacciones entre particulares para pagar comidas o cenas compartidas, un regalo común o las entradas de un concierto, entre otras muchas opciones, no serán comunicadas al fisco y no habrá que declararlas, según ha precisado este lunes el Ministerio de Hacienda.
Lo que sí se comunicará al fisco son los movimientos de contribuyentes realizados en un año con tarjeta cuando supongan gastar más de 25.000 euros.