El TJUE avala las demandas colectivas para pleitear por cláusulas abusivas

Concentración de ciudadanos demandando la devolución de las clausulas suelo. AEP
Descarta que la banca tenga que analizar caso por caso en una sentencia sobre hipotecas extensible a otros contratos
 

Las demandas colectivas son una vía válida para que los consumidores reclamen ante la justicia ser resarcidos por cláusulas abusivas en los contratos. Así lo dictaminó el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en una sentencia en la que avala la macrodemanda presentada por Adicae en nombre de 820 afectados por cláusulas suelo en las hipotecas de un centenar de bancos.

La Corte de Luxemburgo esgrime que ninguna disposición de la directiva europea se opone a que el control de transparencia de una cláusula se haga de forma colectiva, frente al argumento de la banca y la postura de algunos jueces de que había que analizar cada caso de forma individual.

El TJUE, por el contrario, concluye que "las dificultades organizativas planteadas por la complejidad del asunto –debido al elevado número de entidades y de consumidores– no pueden menoscabar la efectividad de los derechos subjetivos reconocidos a los consumidores" por la directiva comunitaria.

Las condiciones que establece para pleitear de manera masiva son que la acción "se dirija a profesionales del mismo sector", un aspecto que se cumple en la demanda impulsada por Adicae, y que se usen "las mismas cláusulas contractuales o similares".

El TJUE señala que este requisito "parece que también se cumple", a falta de las comprobaciones que deberá realizar el Tribunal Supremo, que fue el que elevó una cuestión prejudicial a la Corte de Luxemburgo al dudar de la legalidad de las acciones colectivas en procedimientos judiciales para evaluar la transparencia de las cláusulas suelo y ver si son o no abusivas. El alto tribunal señala que los jueces españoles pueden recurrir a la figura del consumidor medio. 

Otros ámbitos

Los efectos de esta sentencia van más allá de las cláusulas suelo de las hipotecas y del sector de la banca. Asufin destaca que también supone un aval a demandas colectivas contra disposiciones no transparentes en contratos ligados a otros sectores como el de las telecos o incluso grandes tecnológicas, abriendo la puerta a "litigios en masa". 

En lo que respecta al litigio por las hipotecas, el periplo judicial con las cláusulas suelo –que fijaban un límite mínimo en los tipos de interés que impedía beneficiarse de la bajada del euríbor– ha sido largo. El Supremo las declaró abusivas en mayo de 2013, pero limitó a ese año la retroactividad de las devoluciones a los consumidores afectados. 

Tres años después, a finales de 2016, el TJUE corrigió la doctrina del alto tribunal español y obligó a la banca a reintegrar todo el dinero cobrado de más desde la firma del contrato. Las entidades trataron de tumbar después la posibilidad de reclamar mediante una acción colectiva, un intento  que el TJUE acaba de frustrar. Ratifica así la postura que la abogada general de la Unión Europea (UE) Laila Medina adelantó el pasado mes de enero al apoyar las macrodemandas por cláusulas suelo. 

Tras el fallo final,  Asufin instó este jueves al Gobierno a trasponer la Directiva de acciones de representación colectiva "para tener ya una herramienta normativa que permita pleitear de manera masiva contra formas de contratación que pueden ser objeto de falta de transparencia al consumidor medio".