Condenan a Xunta y Gobierno central a sanear el embalse de As Conchas e indemnizar a los vecinos
En una sentencia pionera al ser la primera en la que un tribunal europeo se pronuncia sobre el impacto en los derechos humanos derivado de la incidencia en el agua de la contaminación achacada a explotaciones ganaderas industriales, la sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha resuelto condenar a la Xunta y a la Confederación Hidrográfica Miño-Sil por no haber actuado "pese a conocer la situación" del embalse de As Conchas, en A Limia.
Los magistrados consideran probado que la presa está lastrada por la polución de las aguas subterráneas y superficiales que afecta al río Limia con elevada presencia de nitratos y cianobacterias, lo que derivaría de la mala depuración de aguas residuales y desechos ganaderos de granjas de porcino, vacuno y avícolas.
En una resolución de 113 páginas, el TSXG concluye que ambas administraciones han vulnerado varios derechos fundamentales, en tanto que desestima la demanda que los siete habitantes de la zona, la Asociación de Veciños das Conchas y la Federación de Consumidores y Usuarios Cecu plantearon también contra los concellos de Bande, Os Blancos, Trasmiras, Lobeira y Muiños .
Entre los derechos afectados figuran los que protegen la vida y la propiedad privada —ligados al disfrute del agua—, y el derecho a gozar de un medio ambiente "saludable y adecuado a las necesidades de las personas".
El fallo, que tiene como ponente a José Antonio Parada López, censura "la inactividad" de la Xunta y la CHMS, "incapaces de poner remedio alguno", pese a su obligación legal de intervenir.
Ahora, deberán adoptar "inmediatamente cuantas medidas sean necesarias" para que remitan los olores y "la degradación ambiental del embalse" y de su entorno. Y tendrán que garantizar el abastecimiento de "agua potable limpia, segura y libre de microorganismos y sustancias químicas que constituyan una amenaza para la salud". Se trata, señala la sala que preside la magistrada Azucena Recio -que en junio ordenó la paralización cautelar del plan autonómico de gestión del lobo- , de devolver a los afectados "el pleno disfrute de su derecho humano al agua".
Indemnizaciones de hasta 30.000 euros para siete vecinos
El TSXG obliga, asimismo, a indemnizar a los siete demandantes de las aldeas de As Conchas y Pontepedriña. Les corresponde una cantidad mensual de 1.000 euros desde la fecha de su primera reclamación ante el Gobierno gallego y la confederación hidrográfica, dependiente del Estado, con un tope de 30.000 euros por cabeza, que se quedará en 6.000 para una de las afectadas, residente en A Coruña aunque con padres y hermano en la zona.
La Justicia considera que, "desde 2011", sufren "un innegable perjuicio moral", además de tener que soportar "las molestias" derivadas de las emanaciones de gases y los olores del embalse, a lo que hay que sumar "la situación de riesgo para la salud" por el consumo o utilización de agua con una "alta concentración de nitratos" y con cianobacterias. Pasados 24 años, los juristas avalan "la angustia y ansiedad" de los habitantes que, además, ven devaluadas sus propiedades.
Las medidas correctoras: desde una moratoria para abrir o ampliar granjas hasta un sistema de monitoreo del agua
Entre la amplia lista de medidas correctoras impuestas a Xunta y CHMS figura "una moratoria específica" para la tramitación y concesión de nuevas autorizaciones para instalar explotaciones de porcino, vacuno o avícola o para ampliar las existentes en A Limia al menos hasta que se revierta "la degradación ambiental".
También se deberán realizar estudios epidemiológicos para observar "la frecuencia y distribución de enfermedades asociadas a la contaminación" en A Baixa Limia, al tiempo que habrá que prohibir "con carteles visibles" el baño y la pesca si el agua no es apta. A esto se suma instalar un sistema de monitorización permanente de la calidad del líquido elemento y controles en pozos de viviendas.
La Xunta recurrirá ante el Supremo, aunque incide en que las cuencas del Miño y del Sil son competencia del Estado
La resolución, que notificaba este viernes a las partes, no es firme, pues cabe interponer recurso ante el Supremo. Esa es la idea del Gobierno gallego, cuyos servicios jurídicos estudian la sentencia. Las fuentes consultadas inciden en que la presa "depende do Goberno central", que es el que debe "inspeccionar, vixiar e controlar" el estado y la calidad de las aguas en la cuenca del Miño y del Sil.
En cuanto a la contaminación por nitratos, la Xunta llama al Estado a "acreditar", con un estudio que debe completar, "que parte corresponde á actividade agraria", para no penalizar al sector primario "en exclusiva". Además, recalca que todas las explotaciones agrícolas y ganaderas "sométense ao imprescindible trámite ambiental" para operar.
Mientras el BNG celebró un fallo "que dá a razón á veciñanza na súa loita xusta e incansable", Amigas de la Tierra destacó que este "histórico" fallo "abre el camino" para otras comunidades afectadas "en toda Europa".