Vender a menores vapeadores o bebidas energéticas se multa ya con 3.005 euros
Este sábado entra en vigor la Lei de Protección da Saúde das Persoas Menores e Prevención das Condutas Aditivas, una norma pionera en España con la que Galicia se convierte en la primera en comunidad en prohibir el consumo y la venta de vapeadores y bebidas energéticas a los menores de 18 años. Además de contemplar el despliegue de programas para prevenir la dependencia de estas y otras sustancias, del juego y de los dispositivos tecnológicos, la norma incluye un amplio espectro de sanciones y la posibilidad de sustituirlas por la participación en trabajos en beneficio de la comunidad o programas, por ejemplo, para dejar el alcohol.
Las multas oscilan entre los 200 y 3.005,06 euros si se intercepta a un menor vapeando o ingiriendo un refresco energizante o simplemente en posesión de un cigarrillo electrónico o de una bebida de este tipo. La infracción será de carácter leve, en estos casos. En cambio, la venta a menores de estos productos, al igual que el tabaco y el alcohol, tendrá consideración de vulneración grave, por lo que los establecimientos se enfrentarán a penalizaciones de entre 3.005,07 y 15.025,30 euros. También serán de aplicación a quien participe en un botellón y a aquellos que, por ejemplo, recaigan en una falta leve cuando en el año anterior cometiesen "dos o más".
Las penalizaciones muy gravosas se reservan, por ejemplo, para aquellos que en los cinco años que siguen a la comisión de una infracción grave vuelvan a incurrir en otra falta de esta índole. En este caso, las sanciones pecuniarias suben, y mucho, de nivel: oscilan entre 15.025,31 y 601.012,11 euros.
En un escenario en el que también Asturias se prepara para vetar la ingesta y el suministro de estas bebidas estimulantes caracterizadas por su alto contenido en cafeína, en su caso a menores de 16, una medida que el Ministerio de Derechos Sociales aspira a extender a todo el Estado, ampliando la prohibición hasta los 18 cuando el producto supere los 32 miligramos de cafeína por cada 100 mililitros de refresco, el conselleiro de Sanidade, Antonio Gómez Caamaño, incidió este viernes en que la norma gallega "é moderna" al adaptarse "ás necesidades actuais". Con ello hizo alusión al hecho de que el texto "equipara os vapeadores co tabaquismo convencional" y las bebidas energéticas "co consumo de bebidas alcohólicas"
En aras de proteger la salud de la población en general, la Xunta también amplía los espacios libres de humo, de tal manera que no se podrá fumar a menos de 50 metros de los accesos a centros educativos, sanitarios o administrativos, en las marquesinas de transporte público y en las piscinas para evitar el riesgo de convertirse en fumador pasivo. Y, en consecuencia, también se prohíbe la publicidad del alcohol y las bebidas energéticas en los 100 metros que circundan los centros docentes, de acogida o de protección de menores, entre otros espacios.
Aprovechando su visita a la Unidade de Atención á Drogodependencia de Santiago, Gómez incidió en que la norma es una de las leyes contra las adicciones "máis ambiciosas" de Europa, donde solo Polonia y Letonia han regulado estos aspectos, un grupo al que también tiene intención de sumarse Reino Unido.
Las quejas de las cadenas de supermercados
En lo que respecta a la venta de bebidas energéticas, la divergencia entre las edades máximas fijadas por Asturias y Galicia han suscitado ya las críticas de las patronales de la gran distribución Asedas y Anged, que recientemente denunciaron "una ruptura grave" de la unidad de mercado. Con un ejemplo, denunciaron que un joven de 17 años sí podrá comprar un refresco de este tipo en un municipio asturiano.
Otras voces señalan que la norma gallega no ha regulado la venta de estas bebidas en máquinas expendedoras, lo que ofrece un resquicio a los menores.
Nuevas medidas cuando llegue un menor en coma etílico a urgencias
La nueva ley estipula que los servicios sanitarios han de informar y solicitar la presencia de los padres o tutores de un menor cuando acuda a urgencias por una intoxicación provocada por el consumo de alguna sustancia psicoactiva, esto es, por ejemplo, si llega en coma etílico. El hospital ha de dar asesoramiento a la familia sobre la situación y los recursos de ayuda preventivos y asistenciales. Además, realizará una valoración médica y psicológica del menor en busca de factores de riesgo sociales o emocionales para decidir si precisa tratamiento.
Programa de ayuda para quien reincida
Si el menor llega intoxicado más de una vez, el centro podrá ofrecerle un programa de ayuda y recomendará a los padres que se impliquen.