Los hombres que litigaron por el plus de maternidad de las pensiones tienen derecho a indemnización

El TJUE responde a una cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia y señala que el proceder de la Seguridad Social supone someter a los varones "a una doble discriminación"
Sede del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en Luxemburgo. AEP
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El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ha decretado que España debe indemnizar a los padres que reclamaron por la vía judicial el complemento de maternidad que el Gobierno de Rajoy creó para mejorar las pensiones de las mujeres con dos o más hijos. Este plus fue reformulado por el Ejecutivo de Sánchez en 2021 después de que en diciembre de 2019 la Corte de Luxemburgo lo tumbase por discriminatorio.

En la sentencia dictada este miércoles, el TJUE responde a una cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), instancia a la que acudió un padre después de solicitar a la Seguridad Social en noviembre de 2020 el plus para la pensión de incapacidad permanente absoluta que cobraba desde noviembre de 2018. Ante la respuesta negativa, acudió a los juzgados, donde vio reconocido su derecho y desestimada la indemnización que pidió a mayores.

El TJUE aclara ahora que tribunales nacionales y administraciones "deben dejar sin aplicar toda la disposición nacional discriminatoria, sin esperar a que la derogue el legislador". Así, insta a la Seguridad Social a reconocer de oficio la prestación y señala que el proceder del instituto público supone someter a los hombres "a una nueva discriminación" al exponerlos a plazos más largos y a gastos adicionales al tener que litigar. Así, señala a los jueces españoles que, además de reconocer el cobro del plus "con efectos retroactivos", toca asignar a los afectados "una reparación pecuniaria adecuada" para cubrir gastos como las costas o los honorarios del abogado.

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