Las reclamaciones de la plusvalía municipal continúan pese a la reforma

Los contribuyentes siguen litigando contra el tributo que Hacienda remodeló en 2021, causando una caída de la recaudación del 39%
Vivienda y empleo. EP
photo_camera Vivienda y empleo. EP

Aunque el Tribunal Constitucional (TC) avaló el pasado marzo que el Gobierno recurriese a la vía del real decreto para ejecutar en noviembre de 2021 la reforma exprés del impuesto que grava el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU), más conocido como plusvalía municipal, los bufetes de abogados siguen litigando contra un tributo que, en muchos casos, "puede llegar a ser confiscatorio".

De competencia municipal, debe abonar el IIVTNU todo aquel que venda una vivienda o local y el beneficiario de una herencia o donación tras firmar las escrituras de aceptación. El tributo grava la supuesta revalorización del suelo sobre el que se ha levantado el inmueble en cuestión.

Cabe recordar que el Ministerio de Hacienda se vio abocado a rediseñar esta figura impositiva después de que el TC tumbase en octubre de 2021 el método de cálculo anterior por vulnerar el principio de capacidad económica puesto que al liquidarlo siempre resultaba un aumento del valor del terreno, independientemente de que existiese o no y de su cuantía real.

Según los datos de contabilidad nacional del IGAE, en 2022 la Administración local española ingresó un 39% menos que en el año anterior, esto es, unos 1.306 millones de euros con el nuevo sistema de cálculo. Es la cifra más reducida desde 2012.

Con la reforma, Hacienda introdujo dos métodos y dejó exentas las compraventas, herencias y donaciones en las que no se registrase una revalorización del suelo siempre que el contribuyente lo documente debidamente.

De un lado, el sujeto fiscal puede elegir tributar por la plusvalía real, lo que implica hallar la diferencia entre el precio efectivo de la compra y el de la venta de una vivienda, aplicándole luego el porcentaje de valor catastral que se otorga al terreno. Podrán hacerlo siempre que este valor sea inferior a la base imponible que arroje el sistema objetivo. En este caso, se aplican unos coeficientes máximos —que se actualizan anualmente en función de la evolución el mercado inmobiliario— sobre del valor del terreno en función del número de años transcurridos entre la compra y la venta.

En Galicia, 96 concellos aplicaron en 2022 el tributo que grava el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana

Sirva de ejemplo el de una casa adquirida en 2017 por 310.000 euros y que se venda ahora por 350.000. Hace seis años, su valor catastral era de 100.000 euros, de los que 60.000 correspondían al suelo y el resto a la construcción (el dato se puede extraer del recibo del Ibi). El incremento del valor del terreno que se imputará al contribuyente por el método de la plusvalía real resulta de aplicar a la ganancia que arroja la operación —40.000 euros— el porcentaje que representa el valor catastral del suelo sobre el valor total —el 60% de 40.000—: 24.000 euros.

En cambio, por el método objetivo, la base imponible se obtiene multiplicando el valor catastral del suelo por el coeficiente que corresponda en función de los años transcurridos desde la operación (0,16), de lo que resultan 9.600 euros, una cuantía inferior al incremento del valor real. En este caso, al contribuyente le compensará liquidar el gravamen por la vía de la plusvalía objetiva.

APLICACIÓN DESIGUAL. En 2022, fueron 3.125 los municipios que aplicaron este tributo, el 38% del total. En Galicia, fueron 96, a razón de 45 en A Coruña, 35 en Pontevedra, 12 en Ourense y cuatro en Lugo. En 2020, antes de la reforma, eran 112 de los 313 que conforman el mapa local. En cuanto a los tipos de gravámenes, oscilan entre el 19,16 y el 20,11%, de media en la comunidad, dependiendo de los años transcurridos desde la adquisición del inmueble. Los coeficientes que se aplican en el método de cálculo objetivo para averiguar la base imponible, los aprueba cada concello dentro de los límites que fija el Estado. En el caso de Galicia, oscilan entre el 0,11 y el 0,45 que se aplica en operaciones con inmuebles que fueron adquiridos hace 20 o más años.

Durante la campaña de las municipales, fueron varios los candidatos del PP que defendieron eliminar o bonificar el tributo. Aunque carece de competencias, en los últimos días, la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, avanzó que instará a los 157 municipios que aplican el IIVTNU a que lo rebajen, una medida que se impondrá en los que gobiernan los populares. La Ley de Haciendas Locales ya permite a los ayuntamientos fijar mediante ordenanza bonificaciones de hasta el 95% de la cuota en las transmisiones de terrenos entre cónyuges o entre padres e hijos y a la inversa.

"En la mayoría de los expedientes, nuestros clientes han recuperado lo que pagaron"

Carlos del Pino Luque, Pin&Del Pino Abogados

Con oficinas en A Coruña y en Lugo, Pin&Del Pino Abogados y Asesores Tributarios es uno de los despachos que siguen "recibiendo numerosas consultas semanalmente" sobre el controvertido tributo de la plusvalía municipal. Así lo indica el letrado Carlos del Pino Luque, que recalca que el Tribunal Constitucional solo avaló "que la nueva regulación del impuesto se realizara mediante real decreto ley".

Created with GIMP

Pese a que con la reforma se instauraron dos métodos de cálculo con la idea de que el contribuyente se pueda aplicar el más beneficioso para él y a que se estableció la exención en las operaciones en las que no se dé un aumento de valor siempre y cuando se demuestre, el experto señala que en muchos casos la cuota a abonar sigue siendo desorbitada. "Aunque exista la posibilidad de acudir a un método alternativo de cálculo, el impuesto puede llegar a ser confiscatorio, atentando contra el principio de capacidad económica", expone Carlos del Pino, que también apunta que puede ser cuestionable la "ausencia de acuerdo expreso de imposición" por parte del ayuntamiento.

Su despacho —que presta servicios en las áreas de Derecho Tributario y Mercantil— lleva cursando reclamaciones por este tributo desde 2015 y el letrado destaca que "en la mayoría de los expedientes" sus clientes "han podido recuperar el impuesto satisfecho".

Hoy por hoy, la recaudación del IIVTNU supone poco más del 4% de los impuestos directos que recaudan los concellos.