Prisión e indemnización de 200 euros al intentar besar a la fuerza a una cabo de la Armada

Su agresor fue un superior de la Comandancia Naval de Tui al que se aplicó la atenuante de embriaguez no plena
Sede del Tribunal Militar Territorial Cuarto en A Coruña.GOOGLEMAPS
photo_camera Sede del Tribunal Militar Territorial Cuarto en A Coruña. GOOGLEMAPS

Seis meses de prisión, una multa de 18 meses a razón de cuatro euros diarios, una indemnización de 200 euros por daños morales y la prohibición de aproximarse a menos de un kilómetro de la víctima o de contactar con ella por cualquier medio durante un año es la pena que el Tribunal Militar Territorial Cuarto con sede en A Coruña ha impuesto a un cabo primero de la Armada que intentó besar en la boca por la fuerza a una subordinada en la Comandancia Naval del Miño, en Tui.

Los hechos se remontan a la noche del 12 de noviembre de 2021, cuando la cabo estaba de guardia. El cabo primero —que debía estar localizado y disponible, pues era el que debía supervisar la labor de la militar— llegó a la comandancia sobre las dos de la madrugada. Tras llamar al timbre, su subordinada le abrió y se percató de que su superior estaba bajo los efectos del alcohol o de alguna sustancia psicotrópica. A la vista de las cámaras de seguridad de la unidad, el varón estuvo hablando durante un rato con la mujer, que en reiteradas ocasiones "le pidió que se retirase a su camarote dado el estado en el que se encontraba".

Ya en la zona de los despachos, fuera de la mirada de los dispositivos de grabación, el militar instó a la cabo a acercarse y trató de besarla en la boca. Ella consiguió zafarse, pero el cabo primero la sujetó de un brazo "apretando fuertemente" y persistiendo en su objetivo "en varias ocasiones". Para esquivarlo, ella se vio obligada a empujarlo y alzó la voz, ante lo cual su agresor le pidió silencio. Pese a la resistencia de la mujer antes de deponer su actitud y retirarse a su camarote, volvió a intentar nuevos acercamientos. "Me voy a arrepentir toda la vida", afirmó el hombre repetidamente, lo que da idea de que era consciente de lo ilícito de sus actos.

Temerosa de que su atacante regresase, la cabo continuó prestando su guardia. En paralelo, contó lo sucedido a una amiga civil por Whatsapp esa misma madrugada y, ya en los días posteriores, a varios compañeros de la unidad y al oficial al mando.

El ferrolano, de 48 años, ha sido condenado por un delito de abuso de autoridad en su modalidad de abuso sexual previsto en el Código Penal Militar en concurso ideal con un delito de abuso sexual recogido del Código Penal, con una circunstancia atenuante de embriaguez no plena. El tribunal, presidido por el coronel Gonzalo Melón, le ha impuesto como pena accesoria la suspensión militar de empleo y de cargo público durante la duración de la condena. La resolución se dictó de conformidad.

Con la ley del solo sí es sí los hechos se considerarían agresión sexual

Durante la vista, la Fiscalía Militar modificó sus conclusiones provisionales y consideró los hechos constitutivos de un delito de abuso de autoridad en su modalidad de abuso sexual previsto por el Código Penal Militar en concurso ideal con un delito de abuso sexual del Código Penal de 1995. Se aplicó al condenado la norma penal más favorable, pues la ley 10/2022 —del solo sí es sí— prevé una pena mínima de 1 año de cárcel y exigiría calificar el delito como agresión sexual. Pero el ilícito acaeció antes de su entrada en vigor el 7 de octubre de 2022.