Pagar en efectivo es un derecho: ¿cuándo puede un comercio rechazarlo y a qué multas se arriesga?
Aunque cada vez usamos más tarjeta, Bizum o transferencias, el efectivo sigue siendo el único medio de pago que el comercio no puede rechazar, salvo en situaciones muy concretas. En una nota de prensa, Legálitas explique que la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, modificada en 2022, establece que los billetes y monedas son de curso legal y, por tanto, deben aceptarse siempre que no se supere el límite marcado por la normativa antifraude.
Ese límite se fija en 1.000 euros cuando una de las partes es un empresario o profesional, y en 10.000 euros si el pagador es una persona física sin residencia fiscal en España (por ejemplo, un turista). Entre particulares no existe tope legal, aunque las operaciones siguen sujetas a la normativa contra el blanqueo de capitales.
En la práctica, esto significa que ningún comercio puede negarse a cobrar en efectivo compras por debajo de esas cantidades. Si lo hace, puede enfrentarse a sanciones que van desde los 100 hasta los 10.000 euros, e incluso alcanzar los 100.000 en los casos más graves o reiterados.
¿Y con tarjeta o Bizum?
La ley no obliga a los negocios a aceptar pagos con tarjeta, Bizum u otros métodos digitales. Solo en algunos casos puntuales, como el servicio de taxi en determinadas ciudades, existen normativas locales que exigen su uso. Lo que sí es obligatorio es informar de forma clara y visible qué medios de pago están disponibles, ya sea en un cartel, en la carta de un restaurante o en la web de una tienda online.
Además, el Real Decreto-ley 19/2018 permite que un establecimiento exija el pago en efectivo en importes inferiores a 30 euros, siempre que se advierta expresamente al cliente. Para cantidades superiores, la normativa obliga a ofrecer al menos una alternativa digital.
En cuanto a Bizum y transferencias, no existen límites legales, pero sí técnicos y operativos fijados por bancos y la propia plataforma: un máximo de 1.000 euros por operación, unos 2.000 diarios y hasta 5.000 mensuales, con un tope de 60 operaciones recibidas al mes.
El detalle final
"Pago en efectivo" no se limita a monedas y billetes: también incluye cheques bancarios al portador y cualquier otro medio físico concebido para ser usado como dinero. En cualquier caso, tanto comercios como consumidores deben tener claro que la ley protege el uso del efectivo, y que limitarlo sin motivo puede salir muy caro.