"¿Cuántos años tienes? De cuerpo diría que 22": Condenado en A Coruña por sexting a una niña de 12 años

Una persona mira imágenes en Instagram. AEP
Las conversaciones en Instagram, base para la condena de seis meses de prisión, revelan que incluso le propuso quedar para tener relaciones


"Estás tremenda. ¿Cuántos años tienes? De cuerpo diría que 22". En el verano de 2021, el acusado decidió contactar por Instagram con una menor de edad para convencerla de que le enviara imágenes sexuales. No le detuvo el hecho de que ella le dijera que tenía solo 15 años. Además, era mentira, porque en realidad tenía 12. Ahora le costará seis meses de cárcel y una multa de 2.160 euros, más una indemnización de 1.000 euros para la víctima.

La plaza 3 de la sección Penal del Tribunal de Instancia de A Coruña consideró probado que este hombre, que entonces tenía 38 años, mantuvo conversaciones por la red social con la niña "deliberadamente con el fin de establecer una relación y un control emocional" sobre ella para "preparar el terreno" y lograr que le enviara fotografías de contenido sexual.

Para ello, llegó a enviarle material pornográfico. En concreto, fotografías de otras chicas que consideraba que se le parecían físicamente y que había descargado de internet, y sus propios vídeos y fotos desnudo y masturbándose.

Pero el sujeto incluso quiso ir más allá e incluso le propuso quedar con la posibilidad de tener relaciones. "Habría que ir a un sitio tranquilo", le dijo. No obstante, la chica siempre le puso alguna excusa para evitar el encuentro, confesándole, por ejemplo, que le asustaba la idea o que tenía miedo de que pudiera pasar algo, explica la sentencia.

A raíz de estos hechos, la menor empezó a desarrollar dificultades para dormir y para relacionarse con los demás, con lo que tuvo necesidad de someterse a terapia psicológica. Al final, la madre de la niña terminó enterándose de lo que ocurría y denunció.

Deberá entregar el móvil para destruir los datos

La condena como autor de un delito de abuso sexual sobre menores de 16 años en la modalidad de contacto virtual con finalidad de obtener material pornográfico o imágenes pornográficas –esto es, sexting–, así como de un delito de difusión o exhibición de material pornográfico a menor de edad, incluye tres años de inhabilitación para profesiones que impliquen contacto con menores, dos años de libertad vigilada y la prohibición de aproximarse a menos de 1.000 metros a la víctima, su casa, su colegio o a cualquier lugar donde se encuentre, así como de comunicarse con ella durante tres años.

En cuanto a la multa, deberá abonar 6 euros al día durante doce meses y, cada dos cuotas que no pague, se traducirá en un día de cárcel.

La Justicia también ordena que se le decomise el móvil y que se le remita al equipo de Policía Judicial de la Guardia Civil de Santiago que llevó a cabo la investigación para que proceda a su destrucción o borrado total, seguro e irrecuperable de todos los datos contenidos en dicho soporte.

La sentencia no es firme, ya que cabe presentar recurso ante la Audiencia Provincial de A Coruña