El niño a A Coruña y el perro a Valencia: la curiosa sentencia de divorcio de un juzgado gallego
Cuando uno tenga al niño, el otro al perro, y viceversa. Esa es a vuelapluma la conclusión que puede extraerse de una sentencia de divorcio de un juzgado de A Coruña ante la nada sencilla tarea de dirimir la custodia de un hijo y una mascota por parte de una pareja que puso literalmente tierra de por medio al divorciarse: el hombre se queda en A Coruña y su exmujer se marcha a Valencia.
Como los 1.000 kilómetros que separan la ciudad herculina de la del Turia hacen cuando menos muy difícil establecer un régimen de custodia compartida —en el que los hijos cambian de progenitor cada ciertos días o semanas—, el juez de familia de A Coruña encargado del caso concluyó una decisión más o menos salomónica: que el hijo se quede en la ciudad gallega, por estar ya residiendo en ella y tener allí su círculo de amigos —pese a que su madre pedía a la Justicia su traslado con ella a Valencia—, mientras que el perro se lo queda la mujer y vivirá con ella en la ciudad mediterránea.
Eso sí, el fallo judicial dictamina que la mascota pasará a manos del exesposo "en los periodos de las vacaciones de verano en los que el hijo menor se encuentre en compañía de la madre", de modo que el niño no coincidirá con el can. Solo lo hará en las vacaciones de Navidad y Semana Santa, muy pocos días al año, cuando viaje a Valencia para estar con la madre.
La alimentación del perro: 50 euros al mes
Los gastos veterinarios se reparten al 50% entre ambos progenitores, así como los de alimentación, que el juez estima en 50 euros al mes. Por ello, obliga al hombre a "abonar la cantidad de 25 euros mensuales dentro de los cinco primeros días de cada mes en la cuenta bancaria que designe" la mujer. Y subraya que se trata de una "cantidad actualizable cada 1 de enero conforme al índice de precios al consumo que establezca el Ine".