Baliza V-16 obligatoria: estos son los únicos coches que quedan exentos

Balizas V16. EFE
Será obligatoria en España desde el 1 de enero de 2026, pero la norma contempla una excepción y serán los únicos que podrán seguir usando triángulos sin ser multados

El 1 de enero de 2026 marcará un antes y un después en la señalización de emergencias en las carreteras españolas. A partir de esa fecha, la baliza V-16 homologada se convertirá en el único dispositivo legal para preseñalizar averías o accidentes en la vía. Esta medida afectará a la práctica totalidad del parque automovilístico nacional, que incluye los aproximadamente 25 millones de coches matriculados en España, así como autobuses, vehículos mixtos adaptables, vehículos destinados al transporte de mercancías y conjuntos de vehículos no especiales. Todos ellos deberán incorporar una de estas luces de emergencia conectadas en su guantera, lo que representa un desembolso estimado de unos 45 euros por unidad.

Este gasto, que será obligatorio para poder circular legalmente, se prevé que genere una importante inyección económica. Las estimaciones iniciales sugieren que la comercialización de estos dispositivos podría generar alrededor de 300 millones de euros en concepto de Iva y mover un negocio que superará los 1.125 millones de euros solo durante el año 2026.

Los únicos usuarios de la vía españoles que se librarán de aportar un solo euro a este nuevo mercado son aquellos que conducen otros tipos de vehículos, como bicicletas, motocicletas, ciclomotores o Vehículos de Movilidad Personal (VMP). Sin embargo, existe una categoría específica de automóviles que también quedará exenta de la obligación de incorporar la luz de emergencia conectada, una situación que ha generado cierto debate.

La excepción que ha captado la atención de muchos conductores se refiere a los vehículos matriculados fuera de España. Estos automóviles podrán seguir utilizando los tradicionales triángulos de emergencia para señalizar cualquier incidencia en la carretera.

La razón es que la Dirección General de Tráfico (DGT) no tiene la potestad de obligar a los conductores de otros países de la Unión Europea, ni a aquellos que provienen de naciones con las que España mantiene convenios para circular por sus vías, a sustituir el triángulo por la baliza V-16. Esta lista de países incluye, entre otros, Andorra, Argelia, Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Corea del Sur, Costa Rica, Ecuador, Japón, Marruecos, Nicaragua, Perú, República Dominicana, Panamá, Paraguay, Uruguay, Brasil, El Salvador, Filipinas, Guatemala, Serbia, Suiza, Turquía, Túnez, Ucrania, Mónaco, Macedonia del Norte, Reino Unido e Irlanda del Norte, y Nueva Zelanda.

¿Qué es la baliza V-16 y por qué es obligatoria en España?

La baliza V-16 es un dispositivo luminoso de emergencia que se coloca en la parte más alta del vehículo inmovilizado, generalmente en el techo, para señalizar su presencia en la vía. A diferencia de los triángulos de preseñalización, que requieren que el conductor salga del vehículo para colocarlos a una distancia de 50 metros, la V-16 se activa y se coloca desde el interior del habitáculo, reduciendo significativamente el riesgo de atropello.

La característica más innovadora de la V-16 homologada es su conectividad. Estos dispositivos incorporan un sistema de geolocalización que, una vez activados, envía automáticamente la ubicación exacta del vehículo accidentado o averiado a la plataforma DGT 3.0. Esta información es crucial para que los servicios de emergencia y las autoridades de tráfico puedan actuar con mayor rapidez y precisión, mejorando la seguridad vial para todos los usuarios.

La decisión de la DGT de hacer obligatoria la V-16 a partir del 1 de enero de 2026 responde a la búsqueda de una mayor seguridad y eficiencia en la gestión de incidentes en carretera. La visibilidad que ofrece la luz, especialmente en condiciones de baja luminosidad o meteorología adversa, es superior a la de los triángulos. Además, la capacidad de enviar la ubicación en tiempo real permite a la DGT informar a otros conductores sobre el incidente, reduciendo la probabilidad de colisiones secundarias.

Por el momento, tan solo España ha implementado esta obligatoriedad para sus conductores, una medida que, como se ha mencionado, está generando cierta controversia ante el desconocimiento general acerca de las características y funciones del dispositivo, así como por el coste asociado a su adquisición.

La normativa de la DGT y las sanciones asociadas

La Dirección General de Tráfico ha sido clara respecto a las consecuencias de no cumplir con la nueva normativa. A partir del 1 de enero de 2026, la sanción por no utilizar la luz de emergencia V-16 homologada será equivalente a la de circular sin los triángulos de preseñalización. Esto se traduce en una multa de 80 euros. Es importante destacar que esta sanción se aplicará si el vehículo se detiene en el arcén o en la calzada por una avería o accidente y no se activa el dispositivo V-16. La Guardia Civil y el resto de cuerpos de seguridad con competencias en tráfico serán los encargados de velar por el cumplimiento de esta disposición.

Además de la obligatoriedad de la V-16, es fundamental recordar otras normativas de seguridad vial que siguen vigentes y que, en caso de emergencia, deben cumplirse escrupulosamente. Por ejemplo, salir del coche sin llevar puesto el chaleco reflectante se considera una infracción grave. Esta acción está castigada con una multa de 200 euros y la pérdida de cuatro puntos del carnet de conducir.