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A vueltas con la plusvalía

Después de que el Constitucional tumbase en 2021 el anterior método de cálculo del impuesto que grava el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, el Supremo ha evitado al Estado una devolución masiva. Pero todavía queda un recurso por resolver sobre la mesa del TC
Vivienda y empleo. EP
photo_camera Vivienda y empleo. EP

Las sucesivas polémicas de las que ha sido objeto el controvertido impuesto que grava el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU), la conocida como plusvalía municipal, adquieren tintes de culebrón. En la enésima temporada, que acaba de comenzar, el Supremo confirmó en una sentencia dictada el 2 de febrero que los contribuyentes que pagaron el tributo en base a la fórmula de cálculo que fue declarada inconstitucional por el TC en octubre de 2021 —al liquidarlo siempre resultaba un aumento del valor del terreno, independientemente de que existiese o no y de su cuantía real— deberán pelear para recuperar lo abonado indebidamente.

El TS echó tierra sobre los recursos planteados por empresas y particulares que reclamaron una indemnización al Estado basándose en la decisión del Constitucional, que tumbó el sistema de determinación de la base imponible del tributo que recaudan los municipios. Para amortiguar el golpe a las arcas públicas, el TC ya limitó en su día las vías de reclamación al no permitir que se revisasen casos sobre los que ya pesase una sentencia con fuerza de cosa juzgada, o bien una resolución administrativa firme. También dejó fuera las liquidaciones provisionales o definitivas que no fuesen impugnadas a la fecha de su sentencia de 26 de octubre de 2021, al igual que las autoliquidaciones para las que no se solicitase rectificación.

Ahora, el Supremo concluye que, aunque el Constitucional anulase la fórmula de cálculo del tributo, no es razón suficiente para "calificar de antijurídicas" todas las cantidades que se abonaron y para forzar a la Administración a responder por ello. Tras analizar cuatro reclamaciones y constatar que en todas se registró un incremento del valor del terreno, los jueces dicen que es el contribuyente el que debe probar "que el hecho imponible no se ha producido o que se ha producido en cuantía distinta" a lo pagado.

"La sentencia nos viene a enseñar que la inconstitucionalidad del cálculo de la plusvalía no genera una especie de automatismo que dé lugar al derecho a indemnización por el simple hecho de haber abonado el impuesto", señala el abogado Alberto Ferreiro. El TS constata que el TC no considera "ilegítimo" el tributo y "ni siquiera el método de estimación objetiva de la base imponible" que se utilizó como única opción hasta la reforma de noviembre de 2021, que fijó dos vías de cálculo entre las cuales el contribuyente abonará la que arroje la menor tarifa fiscal. El letrado lucense, especialista en Derecho inmobiliario y hereditario, señala que el Supremo deja claro que lo que es «contario a la Constitución es la exclusividad del método de estimación objetiva » de la base imponible. "Si no se prueba que no existió plusvalía por cualquiera de los métodos hay que abonar el tributo, ya que la inconstitucionalidad de la norma no genera per se un derecho de devolución", concluye Ferreiro, que sostiene que este tributo "debería desaparecer y transformarse en un recargo local de los impuestos sobre la renta, que sujetase a gravamen las ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de inmuebles".

En 2023, de los 313 concellos, 96 aplicaron este tributo que debe abonar todo aquel que venda una vivienda o local y el beneficiario de una herencia o donación tras firmar las escrituras de aceptación. Los datos del Ministerio de Hacienda indican que en 2022 se recaudaron en Galicia 14,6 millones de euros, un 62% menos que los 38,5 millones ingresados en 2020 con esta figura que grava la revalorización del suelo sobre el que se ha levantado un inmueble que se vende o hereda.

Y el serial no acaba aquí, pues, como indica Ferreiro, queda por resolver un recurso de inconstitucionalidad contra la reforma que aprobó el Gobierno en octubre de 2021. La instauración de los dos métodos de cálculo y el hecho de que se dejasen exentas las compraventas herencias y donaciones en las que se logre demostrar que no se dio una revalorización del suelo no ha impedido que se sigan planteando litigios contra un tributo que muchos siguen viendo desorbitado.