No habrá perdón para las novatadas

Aunque parecen estar en decadencia, el comienzo del curso universitario devuelve estos ritos iniciáticos a la primera plana. Una tradición que, si se va de las manos, puede implicar desde la expulsión de la universidad hasta penas de cárcel
Un universitario sufriendo una novatada. AEP
photo_camera Un universitario sufriendo una novatada. AEP

Una juventud algo más sensibilizada, los ecos de la pandemia en las formas de socializar, el impacto en la conciencia colectiva de casos especialmente hirientes. Las novatadas parecen seguir una trayectoria decadente de unos años a esta parte, aunque ello no evita que, con cada comienzo de curso universitario, vuelvan a aparecer algunos ejemplos de cómo la supuesta excusa de las tradiciones sirve para dar rienda suelta a determinados comportamientos vejatorios o humillantes. Pero esta conducta tóxica no solo cuenta con un reproche moral, sino que también puede tener consecuencias que incluso pueden comportar prisión.

Los tres estudiantes primerizos del Colexio Maior San Agustín de Santiago que sufrieron lesiones en los ojos después de que alguien les tirara a la cara detergente con sosa cáustica durante una batalla campal en 2011 marcó un punto y aparte para las novatadas en Galicia. La broma terminó con una intensificación del control por parte de los colegios mayores y la Universidade de Santiago (USC), que en el curso 2019/2020 –el último antes del covid– abrió dos expedientes sancionadores por novatadas en un colegio mayor: uno tras la denuncia de un estudiante y otro de oficio por parte de la propia institución académica.

Tanto la universidad de Santiago como las de Vigo y A Coruña recogen en sus normas de convivencia como "falta moi grave" el hecho de "realizar novatadas ou calquera outra conduta ou actuación vexatoria, física ou psicoloxicamente, que supoñan un grave menoscabo para a dignidade das persoas". Y la sanción contemplada es la "expulsión de dous meses ata tres anos" de la universidad o la "perda de dereitos de matrícula parcial, durante un curso ou semestre". Con ello, trasponen lo establecido por la Ley 3/2022 de Convivencia Universitaria, en vigor desde febrero del año pasado. Se aplica también en sus centros adscritos y en los colegios mayores públicos.

Por su parte, las universidades privadas y los centros adscritos privados tienen "autonomía" para establecer su propia normativa y su régimen disciplinario.

Las universidades públicas las consideran una "falta moi grave" que puede traducirse en la "expulsión de dous meses ata tres anos"


Delitos 

Pero las novatadas pueden denunciarse de dos maneras: por la vía administrativa, ante el vicerrectorado correspondiente, y por la vía judicial, ante la Policía Nacional o el juzgado de guardia

Porque hay algunas que entrañan delitos como el de amenazas. Según recuerda la empresa de asesoramiento jurídico Legálitas, para que esta intimidación sea relevante a efectos penales "se requiere que, de forma real, la víctima se llegue a creer la misma". Dependiendo del tipo de amenaza, de impondrá pena de prisión o de multa. Aunque también habría que ver si junto con ellas hubo coacciones, una combinación "frecuente", explica Legálitas. Estas, por su parte, conllevan de 6 meses a tres años de prisión o una multa de 12 a 24 meses.

La firma considera que en estos episodios pueden observarse asimismo un delito contra la libertad –con pena de cárcel de 4 a 6 años por detener o encerrar a otro privándole de su libertad–; de vejaciones o contra la integridad moral –hasta dos años de prisión–, o de injurias –multa de 6 a 14 meses–. Si las cosas se van de las manos y hay lesiones, como en el citado episodio de Compostela, puede dictarse una pena de prisión de 3 meses a 3 años o multa de 6 a 12 meses por menoscabar la integridad corporal o la salud física o mental de la víctima, "siempre que la lesión requiera tratamiento médico o quirúrgico". El maltrato de obra o los golpes que no dejan lesiones suponen multa. Si en cambio los desperfectos los sufre alguna propiedad del afectado, hay un delito de daños. Cuando estos superan los 400 euros, se sancionan con multa de 6 a 24 meses.

Y si estos hechos acaban compartidos por internet y las redes sociales, los infractores estarán cometiendo un delito contra la intimidad, añade Legálitas. Se castiga con entre dos y cinco años de cárcel y multa.
 

El testigo no se libra 

Por otro lado, ser un simple mandado o un mero testigo no le libra a uno de implicaciones. En caso de que el novato se deja llevar por los veteranos para cometer un delito "podría ser castigado en concepto de autor", si bien se podría llegar a apreciar algunos atenuantes.

Por su parte, quien mira y calla puede incurrir en un delito de omisión del deber de socorro si no ayuda a una víctima que puede padecer un delito contra su vida, su integridad, su salud, su libertad o su libertad sexual. Las penas oscilan de los seis meses a los dos años de prisión o de multa –según la gravedad–; las mismas que si esta persona no avisa a las autoridades para que impidan el delito.
 

Whatsapps que pueden ser delito

Las frases machistas de un grupo de WhatsApp para ‘dar la bienvenida’ a las estudiantes de magisterio de la Universidad de la Rioja sirven el último debate. Legálitas apunta que, a tenor del artículo 510.2 del Código Penal, las nuevas compañeras pueden denunciar aunque no vayan referidas explícitamente a ellas, ya que se escribieron para humillarlas por su condición de mujeres

Aquí se prevén penas de seis meses a dos años de prisión y multa de seis a doce meses.