Tu patinete ya no es "invisible": así será el nuevo registro obligatorio de la DGT
Durante años, los patinetes eléctricos han sido protagonistas silenciosos de la movilidad urbana. Rápidos, prácticos y sin apenas burocracia, se han convertido en una alternativa habitual al coche en muchas ciudades. Esa etapa, sin embargo, llega a su fin. El Consejo de Ministros ha aprobado el real decreto que regula el funcionamiento del nuevo Registro de Vehículos Personales Ligeros, una medida que obligará a inscribir todos los vehículos de movilidad personal -los conocidos VMP- y que los integra definitivamente en el sistema de control y responsabilidad vial.
Un registro imprescindible para activar el seguro obligatorio
La decisión no es casual. La puesta en marcha del registro era imprescindible para cumplir con la Ley 5/2025, aprobada el pasado mes de julio, que modificó la normativa sobre responsabilidad civil y seguros en la circulación de vehículos a motor. Dicha ley introdujo por primera vez la obligación de que todos los VMP cuenten con un seguro obligatorio, una exigencia que entró en vigor el pasado 2 de enero, aunque estaba pendiente de un instrumento clave: un registro oficial que permitiera identificar de manera individual cada patinete que circula por las vías urbanas.
Según las estimaciones del Ministerio del Interior, en España circulan actualmente más de cuatro millones de patinetes eléctricos. Hasta ahora, muchos de ellos lo hacían sin matrícula, sin identificación y sin una vinculación clara con un titular, lo que dificultaba enormemente la gestión de accidentes, sanciones o reclamaciones por daños. Con el nuevo real decreto, esta situación cambia por completo. La inscripción en el Registro Nacional de Vehículos, gestionado por la Dirección General de Tráfico, se convierte en un requisito indispensable para poder contratar el seguro obligatorio y, por tanto, para circular legalmente.
Cómo y dónde inscribir el patinete
El procedimiento de inscripción ya está habilitado y podrá realizarse de forma telemática a través de la sede electrónica de la DGT. Para quienes necesiten asistencia, el teléfono 060 ofrecerá apoyo durante el proceso. Además, Interior prevé que este trámite pueda gestionarse también a través de compañías aseguradoras o gestores administrativos, e incluso que, en los próximos meses, se realice directamente en el momento de la compra del vehículo en establecimientos autorizados.
Patinetes certificados y no certificados
La normativa distingue entre dos grandes tipos de vehículos de movilidad personal. Por un lado, están los VMP que cuentan con certificado de circulación, es decir, aquellos que cumplen los requisitos técnicos establecidos en el Manual de Características de los VMP. Este manual fija estándares mínimos de calidad, durabilidad y seguridad, tanto para los usuarios del patinete como para el resto de quienes comparten la vía pública. Desde el 22 de enero de 2024, únicamente pueden comercializarse este tipo de modelos, cuya relación de marcas y versiones certificadas puede consultarse en la web de la DGT. Estos vehículos incorporan además una placa de marcaje de fábrica única, permanente y legible, que permite su identificación inequívoca.
Para inscribir un VMP certificado, el titular deberá aportar sus datos personales, el número de certificado y el número de serie que figuran en la placa de marcaje y en la ficha técnica del vehículo. Tras abonar la correspondiente tasa administrativa, la DGT asignará un número de inscripción y expedirá un certificado de inscripción digital que acreditará oficialmente la situación del patinete.
Por otro lado, la normativa contempla los VMP que no disponen de certificado de circulación. Se trata, en su mayoría, de modelos anteriores que no cumplen los requisitos técnicos actuales y que, por tanto, no cuentan con placa de marcaje de fábrica.
Un régimen transitorio hasta 2027
Estos vehículos quedan sujetos a un régimen transitorio que les permite seguir circulando hasta el 22 de enero de 2027. Durante este periodo, también deberán inscribirse obligatoriamente en el Registro Nacional de Vehículos y contar con el seguro exigido por la ley.
En estos casos, el proceso de inscripción será más flexible. Además de los datos del titular, bastará con aportar una factura de compra, una ficha técnica o incluso una fotografía del vehículo. La identificación que se otorgue tendrá carácter temporal y dejará de ser válida en 2027, fecha a partir de la cual estos patinetes no podrán circular legalmente por las vías públicas.
La etiqueta, el "DNI" del VMP
Una vez completado el registro, todos los VMP, tanto certificados como no certificados, contarán con un número único de identificación asociado al titular. Con este certificado de inscripción, el propietario podrá adquirir una etiqueta identificativa en un manipulador de placas autorizado. Dicha etiqueta deberá colocarse en el portaidentificador del vehículo o, en el caso de los patinetes no certificados, en un lugar visible.
Venta, cambio de titular y retirada definitiva
El real decreto también regula supuestos como el cambio de titularidad. Cuando un VMP inscrito y con certificado de circulación sea vendido o transferido, las partes deberán comunicarlo en un plazo de treinta días. La DGT emitirá entonces un nuevo certificado digital a nombre del nuevo propietario, manteniendo el mismo número de identificación del vehículo.
En cuanto a la retirada definitiva de estos vehículos, la baja deberá realizarse en centros autorizados para el tratamiento de vehículos al final de su vida útil, que comunicarán electrónicamente la destrucción al Registro Nacional de Vehículos.
Multas de hasta 800 euros
El incumplimiento de estas obligaciones no será menor. La ley establece sanciones de entre 202 y 610 euros y multas que oscilan entre los 250 y los 800 euros por circular sin el seguro obligatorio, en función de si el VMP es considerado vehículo personal ligero o vehículo a motor por su peso y velocidad.
Con este nuevo marco legal, el patinete eléctrico deja de ser un elemento informal del tráfico urbano para integrarse plenamente en el sistema de seguridad vial. Más control, más responsabilidad y también más garantías jurídicas para todos. La movilidad personal entra en una nueva etapa y, esta vez, ningún patinete circula sin dejar rastro.

