Vecinos tras el palo del TSXG al Concello de Vigo por el ruido: "Es una victoria"

Con once demandas presentadas, la Asociación Vecinos Zona Centro Vigo celebra el veredicto del TSXG que obliga a Caballero a indemnizar a una vecina del centro con 600 euros por vulnerar sus derechos fundamentales y le impone reducir los decibelios durante los 58 días que dura la Navidad viguesa
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photo_camera Caballero, en el encendido de las luces el pasado 24 de noviembre. AEP

El despliegue de luces y la oferta de ocio con la que el Concello de Vigo ha pretendido hacer de su Navidad "la mejor del mundo", en palabras del alcalde, se ha topado con la Justicia. El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha condenado al Ayuntamiento a indemnizar con 600 euros a una vecina de la calle Areal por los daños que sufrió durante los 58 días que duraron los festejos de 2022- 2023.

Los jueces ven vulnerados los derechos fundamentales a la intimidad personal y familiar y a la inviolabilidad del domicilio por el ruido y lo hacen en contra del criterio del juzgado Contencioso- Administrativo número 1 de Vigo, que desestimó las pretensiones de la afectada en junio de 2023.

En consecuencia, el TSXG obliga al consistorio a "adoptar las medidas necesarias" para no reiterar este tipo de conducta. Esto pasa por "garantizar" que los decibelios "no rebasen los umbrales" que fija la normativa tanto en el exterior como en espacios interiores.

La Asociación Vecinos Zona Centro Vigo celebró este miércoles la resolución que obliga al concello a "cumplir" la ordenanza de ruido. La plataforma apunta que esta es una de las 11 demandas que ha presentado, aunque supone "una muy importante victoria para todos los residentes y trabajadores del centro". El colectivo señala que, a raíz del veredicto del TSXG, el Ayuntamiento no podrá superar los 55 decibelios de 8.00 a 22.00 horas en el exterior, que se reducen a 45 de 22.00 a 8.00. En el interior de las viviendas, el tope serán 35 y 30 dB en esas franjas horarias.

La sección tercera de la sala de lo Contencioso-Administrativo —integrada por Francisco Javier Cambón, Juan Carlos Fernández, Luis Villares y María de los Ángeles Braña— ha concluido que "el ruido padecido" por la denunciante tuvo "carácter persistente" al durar prácticamente dos meses y fue "intenso" porque superó "los límites legales permitidos".

Por todo ello, la resolución concluye que esta situación podría "conllevar una afectación potencial a la salud" y también implica un menoscabo "del desarrollo de la personalidad al imposibilitar el desarrollo de la vida diaria", lo que "vulnera" los derechos constitucionales a la intimidad personal y familiar y la inviolabilidad del domicilio.

La resolución, con fecha del 29 de mayo, estimó parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la afectada, que denunció al Concello por el barullo derivado del mercado temático y el parque de atracciones situados cerca de su vivienda entre el 20 de noviembre de 2022 y el 16 de enero de 2023.

La mujer solicitó una compensación de 1.640 euros que el TSXG redujo

Solicitó una compensación de 1.640 euros, que defendió como equivalente al coste de alquilar un piso en la zona en ese periodo, unas pretensiones que el TSXG rebajó dada la falta de "una prueba que acredite" que el importe del arrendamiento sea el reivindicado.

Los magistrados constatan que, junto a sus hijos de 1 y 3 años, la afectada tuvo que convivir con un ruido que excedió los topes legales. Pese a ello, el Concello "se mantuvo inactivo" ante la contaminación acústica, que le es achacable en "exclusiva" al ser quien otorgó las autorizaciones y el responsable de la "supervisión". Así las cosas, ven pertinente una compensación de 600 euros ante el "daño moral, el desasosiego, el sufrimiento y la incomodidad" padecidos debido a "la merma de calidad de vida".

El tribunal considera "irrelevante" si la denunciante estuvo o no en su domicilio durante las fiestas al considerar "evidente" que un ruido "intolerable" obliga a abandonar una casa si la hora y las circunstancias lo permiten. El fallo tampoco ve importante si se interpusieron o no reclamaciones "con anterioridad" al estar en juego la protección de derechos fundamentales y al constatar, además, que el piso se encuentra en una zona acústica saturada.

El deber de los poderes públicos de garantizar el descanso

La sentencia —que puede ser impugnada ante el Supremo— incide en que los poderes públicos deben "garantizarnos el disfrute de nuestro descanso y tranquilidad mínima". Y recalca que el interés jurídico que debe prevalecer es el derecho de los ciudadanos "a la no recepción de ruidos molestos" en pro de una "vida digna".

Ante el aluvión de quejas de los vecinos de Areal por contaminación lumínica y acústica, el pasado mes de octubre, el gobierno local redujo el impacto en la zona.

En unas declaraciones enviadas a los medios, el edil socialista Carlos López Font interpretó que el TSXG "no cuestiona la Navidad de Vigo", sino que "continúa su éxito y su andadura", dando al traste, a su entender, con la pretensión de BNG y PPdeG de "pararla".

Desde el BNG, Xabier Pérez Igrexas llamó a Abel Caballero a "desculparse coa veciñanza" y le exigió "rectificar o deseño do Nadal". De su lado, el popular Miguel Martín lamentó que las fiestas se vean "dañadas" por "la falta de mesura" del gobierno local.

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