Recurren la condena del acusado de tirar a su mujer por una ventana en Vigo

pide la libre absolución mientras que la acusación particular mantiene que al acusado no se le aplique la eximente completa de enajenación mental

La defensa del hombre acusado de tirar a su mujer por una ventana en Vigo, en octubre de 2015, ha recurrido la sentencia dictada por un jurado popular y pide la libre absolución mientras que la acusación particular mantiene que al acusado no se le aplique la eximente completa de enajenación mental y se le considere autor de un delito de asesinato.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha acogido este martes por la mañana la vista para los recursos de apelación a la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Pontevedra en noviembre del año pasado y que condenaba Alberto Javier V. G, a un internamiento psiquiátrico durante 14 años.

La defensa del acusado Alberto Javier V.G. considera que existen "dudas razonables de homicidio", alegando "contradicciones testimoniales" y que nadie en aquel momento "vio nada". También se basa en que en todo momento el acusado "mantuvo que él no había matado a su mujer"

A este respecto la defensa sostiene que en el momento en el que ocurrieron los hechos el acusado "estaba muy delgado", había estado ingresado un mes antes "y no tenía la fuerza suficiente para tirar a alguien por la ventana".

Por su parte el Ministerio Fiscal ha rechazado una segunda versión de los hechos y se ha remitido a las pruebas y evidencias presentadas durante el juicio: testimonios de los agentes que encontraron a la víctima todavía con vida y quien afirmó que la había tirado su marido, declaraciones de los vecinos e informes forenses y periciales.

La acusación pública ha recordado el diagnóstico de peritos forenses y psiquiatras durante el juicio en el que calificaron el trastorno del acusado como "crónico e irreductible".

En este sentido la Fiscalía considera que el internamiento en un centro psiquiátrico penitenciario cumple tanto con "los intereses psiquiátricos como preventivos"; el recurso ha quedado visto para sentencia.