¿Cómo queda la ayuda del paro de los autónomos tras el pacto para prorrogarla?

Tras el pacto que esta semana sellaron organizaciones de trabajadores por cuenta propia y Gobierno, la prestación por cese de actividad verá ampliada su cobertura desde febrero. El Gobierno aprobará el decreto el martes
Hacienda ya ha habilitado las consultas sobre impuestos a los plásticos y el transporte aéreo. PIXABAY
photo_camera En diciembre, cerca de 350.000 autónomos percibieron la prestación por cese de actividad por el covid. PIXABAY

El Consejo de Ministros dará luz verde el martes al decreto que extenderá hasta el 31 de mayo la prestación extraordinaria por cese de actividad creada para mitigar el impacto de la pandemia entre los autónomos y que iba a vencer el 31 de enero. A cierre de diciembre, 349.342 profesionales por cuenta propia percibieron esta cobertura. De ellos, 20.367 son gallegos. Desde marzo, el Ministerio de Seguridad Social destinó 4.924 millones de euros a estas ayudas, asociadas a la exoneración de la cotización

Esta semana, el Gobierno y las organizaciones Upta, Ata y Uatae pactaron la prórroga e introdujeron mejoras para llegar a más beneficiarios. La idea es contribuir a que el colectivo —que en Galicia representa el 20% del empleo total— haga frente a los cierres derivados del avance de la tercera ola del virus. 


Autónomos abocados a un cierre temporal del negocio debido a las restricciones
Según el borrador del decreto al que tuvo acceso AGN, a partir del 1 de febrero, aquellos profesionales que tengan que suspender de forma temporal toda su actividad debido a las limitaciones impuestas por las autoridades sanitarias tendrán acceso a la prestación por un máximo de cuatro meses o hasta finales de mayo. Bastará con haberse afiliado a la Seguridad Social antes del 1 de enero y estar al corriente en el pago de las cuotas, además de aportar una declaración jurada de los ingresos. La cuantía de la ayuda será del 50% de la base mínima de cotización correspondiente a la actividad, con la opción se sumar otro 20% adicional por familia numerosa si los únicos ingresos que entran en casa son los del negocio clausurado. De convivir en el mismo domicilio varios autónomos con derecho a la prestación, la ratio se verá reducida al 40%.


El beneficiario quedará exento de la cotización—que correrá a cargo de la Seguridad Social— "desde el primer día del mes" en el que se aplique el cierre "hasta el último día del mes siguiente" a la reapertura, con el 31 de mayo como tope.
Aquellos emprendedores que también sean asalariados no podrán acceder a esta ayuda a no ser que su sueldo sea inferior a 1.187,5 euros, esto es, 1,25 veces el SMI. Entre las incompatibilidades también figura el cobro de las ayudas por paralización de la flota.

Para cobrar la prestación desde el día siguiente al cierre del negocio será necesario solicitarla en las 21 jornadas naturales siguientes. 

Los trabajadores que ya están cobrando la prestación tendrán prórroga
En cuanto a los trabajadores por cuenta propia que a 31 de enero estuviesen cobrando la prestación extraordinaria por la pandemia, el decreto prevé que sigan percibiéndola con el límite del 31 de mayo.

 
Profesionales que no pueden acceder a la ayuda ordinaria o a la extraordinaria para los que están en activo
El acuerdo sellado esta semana también ampara a los autónomos que no tengan acceso a la ayuda ordinaria por cese de actividad ni a la especial del covid para los casos en los que el negocio sigue abierto, aunque con los ingresos tocados. Entre los requisitos figura acreditar que los rendimientos netos del primer semestre de 2021 no superan los 6.650 euros y que los ingresos del negocio fueron inferiores a los del primer trimestre de 2020. Una vez percibida la ayuda, aquellos que no estuvieran ya cotizando para tener derecho a paro quedarán obligados a hacerlo. 


Prestación especial por covid compatible con la actividad
Está pensada para emprendedores que en la primera mitad de 2021 sufran una caída de ingresos superior al 50% respecto al segundo semestre de 2019. Además, sus rendimientos netos computables a la hora de tributar no pueden rebasar los 7.980 euros. La cobertura ha mejorado en este aspecto, pues hasta ahora la contracción de la facturación debía ser de al menos el 75%. Tanto en este caso como en el anterior, a partir del 1 de septiembre la Seguridad Social iniciará un proceso de revisión cotejando datos con Hacienda. 


Trabajadores de temporada
También se renueva la prestación para los autónomos de temporada castigados por la pandemia. Se trata de aquellos que en 2018 y 2019 estuvieron dados de alta entre cuatro y seis meses, siendo esta su única ocupación. Podrán percibir la ayuda siempre y cuando en la primera mitad de este año no trabajen como asalariados más de 60 días y si sus ingresos netos no superan los 6.650 euros en ese tiempo. En su caso, la ayuda equivaldrá al 70% de la base mínima de cotización

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