Un juez del Supremo, acusado de prevaricación por la sentencia de las hipotecas

Podemos presentó una querella contra el presidente de la Sala Contencioso-Administrativo por convocar un pleno para estudiar la aplicación del fallo que atribuía a la banca el pago de los impuestos de las hipotecas

Fachada del Tribunal Supremo
photo_camera Fachada del Tribunal Supremo

Podemos ha presentado una querella por prevaricación contra el presidente de la Sala Contencioso-Administrativo del Supremo, Luis María Díez-Picazo, por su gestión de la sentencia en la que el alto tribunal atribuyó el pago del impuesto de las hipotecas a la banca.

El partido de Pablo Iglesias, en la querella presentada ante la Sala de lo Penal del Supremo, solicita asimismo la suspensión del pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo convocado por Díez-Picazo para el 5 de noviembre. En ese pleno de la Sala Tercera debe decidirse si se confirma la doctrina que atribuye a la banca el pago del impuesto de actos jurídicos documentados (AJD) en una hipoteca.

En una sentencia dictada el pasado jueves, la sección tercera de la sala de lo Contencioso-Administrativo determinó que era la banca, y no sus clientes, la que debía hacerse cargo del pago del gravamen en la firma de una hipoteca, fallo que contradecía uno anterior, de febrero de este año, que señalaba a los hipotecados como responsables de dicha tasa. Ante esa decisión, la "enorme repercusión económica" que provocaba y el "giro radical" que supone sobre la doctrina anterior del Supremo, Díez-Picazo decidió convocar un pleno de la Sala para estudiar su aplicación.

A juicio de Podemos, el presidente de la Sala dictó una resolución jurisdiccional "motivado por un interés totalmente contrario a la ley y a la propia administración de Justicia, motivado por un claro interés particular de defensa de los intereses económicos de la banca española". Y lo hizo "en perjuicio de los intereses generales de la sociedad y de los miles de ciudadanos que han sufrido el abuso de las entidades financieras".

Podemos considera que el pleno debería haber sido convocado en enero, cuando se conoció el recurso de casación sobre el impuesto, y no tras dictar sentencia

"No es aceptable socialmente ni justificable jurídicamente", prosigue el escrito, adoptar decisiones " totalmente contrarias a derecho y que atentan contra la independencia judicial, que sirven exclusivamente a intereses económicos particulares de las entidades financieras y que en nada benefician el interés social".

Por ello, Podemos solicita investigar "los motivos reales y espurios" que han guiado la actuación de Díez-Picazo y recuerda las informaciones periodísticas que apuntan que el juez ejerció la docencia en el Colegio Universitario de Estudios Financieros (Cunef), dependiente de la Asociación Española de Banca. También cuestiona el partido de Iglesias el proceso de selección de Díez-Picazo como presidente de la Sala Tercera, supuestamente ajeno a criterios de mérito y capacidad.

Los querellantes mencionan que Díez-Picazo ya sabía desde enero de 2018 la existencia de un recurso de casación sobre el impuesto, pues él mismo firmó la admisión a trámite. Debería haber sido ahí y no cuando se dictó una sentencia favorable a los consumidores cuando convocara el pleno.

El presidente del TSXG vería "sensato" paralizar los procesos de hipotecas hasta que se clarifique la decisión del Supremo
El presidente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG), Miguel Ángel Cadenas, ha señalado este martes que vería sensato que en la comunidad se detuviesen los procesos sobre hipotecas hasta que se clarifique la decisión definitiva del Tribunal Supremo sobre el impuesto de actos jurídicos documentados.

Sería "prudente y justificado" adoptar tal comportamiento, ha remarcado en declaraciones a la prensa al ser preguntado sobre este asunto, pero desconoce si en este momento se está procediendo de tal manera.

En Valencia la titular del Juzgado de Primera Instancia número 25, especializado en litigios hipotecarios, sí ha decidido suspender parte de su actividad tras este fallo al calificar lo ocurrido de "grave situación de inseguridad jurídica".

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