Condenan a un guardia civil que preguntó a una subordinada si llevaba ropa interior

Los hechos fueron denunciados en 2012 en Ourense y pagará con tres meses y un día de cárcel

 

Una agente de la Guardia Civil.AEP
photo_camera Una agente de la Guardia Civil.AEP

El Tribunal Supremo condenó a tres meses y un día de prisión a un brigada de la Guardia Civil por dirigir a una subordinada expresiones obscenas y de contenido sexual, como preguntarle si llevaba ropa interior. Los hechos ocurrieron hace ahora cinco años en la comandancia de Ourense.

Aunque la pena queda reducida al aplicar el tribunal la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas, la conducta del brigada condenado le merece al tribunal un expreso reproche.

"Un hombre de 50 es como una mujer de 30. Deberías estar orgullosa de que quiera salir contigo"

El Supremo estudió el recurso interpuesto por el guardia civil contra la sentencia dictada el pasado mes de abril por el Tribunal Militar Territorial Cuarto de A Coruña y confirmó la pena impuesta por dos delitos de abuso de autoridad, en su modalidad de trato degradante a inferior. "La gravedad de la conducta del recurrente es incuestionable", dice.

Según el relato de hechos que recoge la sentencia del Tribunal Supremo, con Fernando Pignatelli como ponente, el brigada de la Guardia Civil José I.T. dirigió "frases soeces y de contenido obsceno" y de una "incuestionable pulsión sexual" entre julio y diciembre del año 2012 a su subordinada Marta V.L. Asimismo, le hizo tocamientos, al menos en dos ocasiones, "siempre contra la expresa voluntad" de la víctima y trató de quedar con ella a solas.

ATAQUE A LA DIGNIDAD. Unas manifestaciones que hizo en público y que para los magistrados del Supremo suponen un "ataque a su dignidad y su libertad de determinación en el ámbito sexual" que "de modo alguno tenía que soportar" y "no esperar" al "proceder de un superior jerárquico".

El condenado comenzó su insinuación mostrando su sorpresa por ver en su destino una "chica tan guapa y tan mona por aquí". Continuó comentándole que su "última novia" tenía la misma edad que la subordinada y que "un hombre de cincuenta años es como una mujer de treinta".


"Me vuelven loco tus tetitas. ¿Llevas bragas? Es que siempre te miro y no se te nota nada"


El tono de las expresiones subieron al preguntarle si llevaba "bragas" porque la estaba mirando y "no se nota nada", o al hacer referencia a partes de su cuerpo: "Me vuelven loco tus tetitas". En otra ocasión le dijo: "Deberías estar orgullosa de que alguien como yo quisiera quedar contigo".

Todo ello provocó a la guardia civil Marta V.L. "una situación de angustia, estrés, malestar, decaimiento y miedo con episodios de nerviosismo, abatimiento y llanto", destacan los magistrados.

El recurrente alegó que no queda acreditada "la realidad de los sentimientos de humillación e indignidad en el destinatario" y que no se lesionó su integridad moral  porque en los hechos declarados probados "no hay continuidad", son "infundados, equívocos, inconexos y descontextualizados".

El Supremo no comparte estas afirmaciones y considera que el brigada llevó a cabo un trato degradante y que, por tanto, se saltó el comportamiento que define el Código Penal Militar.

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