El Supremo tumba un fallo del juez Villares sobre el Cunqueiro al cuestionar su imparcialidad
El Tribunal Supremo (TS) ha tumbado una sentencia de la sala tercera de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), que el 20 de mayo de 2022 estimó un recurso de la Xunta y anuló un fallo previo de un juzgado compostelano que daba la razón a la concesionaria del Hospital Álvaro Cunqueiro en un conflicto con el Gobierno gallego por el pago del Ibi de 2019 al Concello de Vigo. Con una factura de un millón de euros, la compañía defendía que el abono del tributo correspondía al Sergas, según recoge el dictamen del TS fechado el 17 de diciembre.
En su recurso, la concesionaria apuntó que el contrato fue objeto de "diversos litigios" y denunció un supuesto "cambio en el sentido de las resoluciones" del TSXG "desde la incorporación" a la sala tercera del magistrado Luís Villares. La empresa llamó la atención sobre la "actividad política" que el lucense realizó como líder de En Marea, señalando que tanto "en campaña electoral" —concurrió como cabeza de cartel a las autonómicas de 2016— como en su etapa como diputado en O Hórreo "promovió una posición activa" contra la concesionaria y el contrato.
El Cunqueiro es el único hospital gallego construido bajo la fórmula de colaboración público-privada, por la que el promotor recibiría una compensación por la construcción durante 20 años, además de gestionar otros servicios comerciales, como la cafetería o el aparcamiento, mientras el Sergas presta la atención sanitaria. "Se opuso políticamente y de forma pública al contrato, interesando su rescate por parte de la Xunta desde el comienzo de la prestación de los servicios del hospital", argumentó la empresa, que apuntó que la posición se plasmó en el programa electoral de En Marea y en diversas iniciativas parlamentarias con las que la formación mostró su oposición "a la exención del pago del Ibi del hospital", entre otras cuestiones.
El Supremo ordena al TSXG emitir una nueva resolución y constituir una nueva sala "garantizando el derecho a un juez imparcial"
La firma, que calificó de "absolutamente inusuales por su sentido y forma" la sentencia impugnada -con Villares como ponente- y otra del 27 de mayo -que no redactó, aunque sí formó parte de la sala-, reclamó su recusación. Lo hizo escudándose en que la Constitución garantiza el derecho a un juez imparcial.
El TS da la razón a la compañía, que tras percatarse de su pasado político recurrió el recibo del Ibi de 2020 ante el tribunal gallego, logrando recusar a Villares. El nuevo fallo anula la resolución del TSXG, ordenando "retrotraerse" al momento previo a la votación y dictamen de la sección tercera. El TSXG deberá constituir una sala "que garantice el derecho a un juez imparcial" y volver a pronunciarse.