El operario que murió en Rande "no estaba obligado a llevar arnés"

El Gobierno no adoptará, al menos por ahora, ninguna medida contra Audasa salvo que la investigación penal apunte responsabilidades 
 

Obras en el puente de Rande, en la AP-9. JAVIER CERVERA
photo_camera Obras en el puente de Rande, en la AP-9. JAVIER CERVERA

El trabajador de 54 años, originario de Canarias, que falleció al precipitarse de una altura de unos cinco metros el pasado 5 de julio cuando trabajaba en las obras de ampliación del puente de Rande, en la AP-9, "no estaba obligado a llevar arnés" y tenía que estar "alejado" del borde de la plataforma donde se estaban implementando medidas de seguridad. 

El juzgado número 3 de Cangas es el encargado de investigar la muerte de este trabajador en el mes de julio en las obras de ampliación del puente, que serán inauguradas este sábado por el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy. Tras el siniestro, la CIG presentó una demanda ante la Fiscalía, pero no siguió adelante con esta cuestión al encargarse el juzgado y ahora el sindicato nacionalista ha decidido personarse en la causa. 

Según han confirmado fuentes judiciales a Europa Press, el juzgado ha practicado distintas diligencias y ya ha recibido el informe de la Inspección de Trabajo. Ahora espera a que Fiscalía informe sobre las diligencias practicadas. 

El Gobierno apunta que "comparte" que "no puede permitirse tipo alguno de abuso laboral y que se debe extremar la vigilancia en la ejecución de obra pública"

En una respuesta a preguntas de la diputada de En Marea en el Congreso Alexandra Fernández, a la que ha tenido acceso Europa Press, el Ministerio de Fomento informa de que "conoce" la información preliminar que fue facilitada por la sociedad Autopistas del Atlántico Concesionaria Española,

Audasa, pero que "necesariamente está sujeta al resultado de las actuaciones de investigación" que se llevan a cabo en los juzgados de Cangas. 

El trabajador pertenecía al Grupo SYO Estructuras, una empresa con más de 30 años en el sector, especializada en ejecución de grandes infraestructuras y en el control de la seguridad laboral, según explica el Gobierno en su respuesta. 

De hecho, el equipo al que pertenecía el trabajador realizaba labores para dotar de medidas de seguridad a una área concreta de las obras para "su protección", antes de realizar los trabajos propiamente dichos en esa zona.

"LA LABOR NO ERA COLOCAR VALLAS". En esta misma respuesta del Gobierno, que tiene fecha del 26 de septiembre y que entró por registro del Congreso el 9 de octubre, se recoge que la "labor del trabajador siniestrado no era la de colocar una valla para evitar caídas", sino la de "suministrar" al responsable de la brigada de seguridad el "material necesario desde el lugar de su acopio". 

Por lo tanto, y según la información que dio el Ministerio de Fomento, este operario "no estaba obligado a disponer de arnés", ya que su trabajo se realizaba "alejado del borde de la plataforma que estaba protegiendo". 

El Gobierno recuerda que son hechos "aún en investigación por el juzgado y la autoridad laboral competente, tanto la razón por la que se produjo la caída del trabajador como las circunstancias, teniendo en cuenta la labor que tenía asignada".

INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO. La Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Pontevedra visitó el centro de trabajo donde ocurrió el siniestro el mismo día del accidente. 

Sobre los controles laborales en las obras de construcción de la ampliación de la AP-9 en Rande, se encarga una comisión de seguimiento de grandes obras en Pontevedra. 

En este sentido, señala que en la provincia "se vienen abordando los problemas relativos al cumplimiento colectivo de la Construcción" cuando se trata de grandes obras públicas en el seno de las comisiones constituidas 'ad hoc' por representantes de las empresas contratistas, un representante de las federaciones de construcción de cada uno de los tres sindicatos más representativos, la inspectora adscrita y la jefa de unidad. 

Así, el Gobierno apunta que "comparte" que "no puede permitirse tipo alguno de abuso laboral y que se debe extremar la vigilancia en la ejecución de obra pública, como así exige a sus contratistas y concesionarios".

NO CONSTA QUE "NO CUMPLA LA LEGISLACIÓN". Dicho esto, asegura que no le consta que la Unión Temporal de Empresas (UTE) contratista de los trabajos que se realizan en Rande "no cumpla con la legislación en materia de seguridad en el trabajo, seguridad social y las demás obligaciones laborales". 

Asimismo, tampoco tiene conocimiento de que Audasa "se haya desentendido de la situación laboral de los trabajadores". "Al contrario, el siniestrado formaba parte de trabajadores que de aquella se había contratado para reforzar las medidas de seguridad de la obra", añade. 

El Gobierno concluye que, salvo que de las actuaciones penales y de investigación laboral se desprendiese cualquier tipo de incumplimiento de la concesionaria de la AP-9 de sus obligaciones, "no le corresponde adoptar medida singular alguna contra ella"

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