Aviso urgente de la Seguridad Social a los que han hecho la 'mili': determinante para la jubilación anticipada

El tiempo de servicio militar obligatorio puede computarse hasta un año para acceder a la jubilación anticipada, pero no aumenta el porcentaje de la pensión ordinaria
Elma Saiz. DIEGO RADAMÉS
Elma Saiz. DIEGO RADAMÉS

La Seguridad Social ha emitido un importante recordatorio dirigido a todos los españoles que realizaron el servicio militar obligatorio, popularmente conocido como "la mili". Esta información adquiere especial relevancia para quienes planean su jubilación, ya que aunque este período no computa como tiempo cotizado para la jubilación ordinaria, sí puede resultar determinante para acceder a una jubilación anticipada, tanto en su modalidad voluntaria como involuntaria.

Según confirma el organismo público, este tiempo de servicio militar puede utilizarse específicamente para completar los períodos de cotización necesarios en determinados supuestos. En concreto, la normativa permite computar hasta un máximo de un año del servicio militar o de la prestación social sustitutoria para alcanzar el mínimo exigido. Esta posibilidad beneficia directamente a aquellos trabajadores que desean retirarse antes de la edad legal establecida, siempre que este período les permita cumplir con los requisitos mínimos de cotización establecidos en la legislación vigente.

Para hacer efectivo este reconocimiento, resulta imprescindible acreditar oficialmente el tiempo de servicio militar mediante un certificado expedido por la Delegación correspondiente del Ministerio de Defensa, que deberá presentarse junto con el DNI. Los especialistas en la materia recomiendan iniciar este trámite con suficiente antelación para evitar complicaciones o retrasos en la tramitación de la solicitud de jubilación.

Requisitos para que el servicio militar compute en la jubilación

Para que el período de "la mili" sea efectivamente considerado por la Seguridad Social a efectos de jubilación, es necesario cumplir con varias condiciones específicas. En primer lugar, como ya se ha mencionado, este tiempo solo computa para acceder a la jubilación anticipada, no para la ordinaria, y en ningún caso incrementa el porcentaje de la pensión a percibir.

Además, es fundamental tener en cuenta que el tiempo máximo computable es de un año, con independencia de que el servicio militar se hubiera prolongado durante más tiempo. Esta limitación está claramente establecida en la normativa y no admite excepciones.

El procedimiento administrativo para solicitar este reconocimiento implica presentar la documentación acreditativa ante la Seguridad Social. El certificado debe ser expedido oficialmente por el Ministerio de Defensa y debe reflejar con precisión las fechas exactas de inicio y finalización del servicio militar. Sin esta documentación oficial, resultará imposible computar este período a efectos de jubilación anticipada.

La equiparación del Servicio Social Femenino

Un aspecto menos conocido pero igualmente relevante es que, desde 2021, también se contempla el cómputo del Servicio Social Femenino para estos mismos efectos. Este servicio, que era obligatorio para las mujeres durante décadas en España, se equipara ahora al servicio militar masculino en lo que respecta a su consideración para la jubilación anticipada.

Esta equiparación supone un avance significativo en términos de igualdad, ya que reconoce el tiempo que muchas mujeres españolas dedicaron obligatoriamente a este servicio, permitiéndoles ahora utilizarlo para los mismos fines que los hombres pueden usar su tiempo de servicio militar.

Al igual que ocurre con el servicio militar, las mujeres que deseen computar este tiempo deben acreditarlo debidamente mediante la documentación oficial correspondiente. Este trámite puede realizarse en las oficinas de la Seguridad Social, donde el personal funcionario proporcionará información detallada sobre los pasos a seguir.

Cómo afecta a la planificación de la jubilación

Este recordatorio de la Seguridad Social resulta particularmente relevante para aquellos trabajadores que se encuentran próximos a la edad de jubilación y están evaluando sus opciones. Para muchos españoles que realizaron el servicio militar obligatorio, este período puede marcar la diferencia entre poder acceder a una jubilación anticipada o tener que esperar hasta la edad ordinaria de jubilación.

Los expertos en planificación de la jubilación recomiendan a todos los afectados revisar detenidamente su vida laboral y calcular si, con la suma de este período de servicio militar, podrían cumplir los requisitos necesarios para acceder a la jubilación anticipada. En caso afirmativo, el siguiente paso sería obtener la documentación necesaria y presentarla ante la Seguridad Social.

Es importante tener presente que la jubilación anticipada conlleva una serie de coeficientes reductores que afectan a la cuantía de la pensión, por lo que cada caso debe evaluarse individualmente para determinar si esta opción resulta conveniente. No obstante, para quienes necesiten o deseen retirarse antes de la edad legal establecida, aprovechar el tiempo del servicio militar puede constituir una alternativa viable, siempre que cumplan con todos los requisitos establecidos en la normativa vigente.

Documentación necesaria para acreditar el servicio militar

Para acreditar el tiempo de servicio militar ante la Seguridad Social, es necesario presentar un certificado oficial expedido por el Ministerio de Defensa. Este documento debe incluir las fechas exactas de inicio y finalización del servicio, así como cualquier otra información relevante relacionada con el mismo.

Obtener este certificado puede requerir cierto tiempo, especialmente si el servicio militar se realizó hace muchos años. Por ello, los especialistas en la materia recomiendan iniciar este trámite con suficiente antelación, idealmente varios meses antes de solicitar la jubilación anticipada. De esta manera, se evitan posibles retrasos o complicaciones en el proceso administrativo.

Además del certificado del Ministerio de Defensa, será necesario presentar el DNI y cualquier otra documentación complementaria que pueda ser requerida por la Seguridad Social. En caso de dudas específicas sobre este trámite, lo más recomendable es acudir directamente a una oficina de la Seguridad Social, donde el personal funcionario podrá proporcionar información detallada y personalizada según cada caso particular.

¿Qué es el servicio militar obligatorio en España?

El servicio militar obligatorio, conocido popularmente como "la mili", fue una institución que estuvo vigente en España hasta el año 2001, cuando se produjo su suspensión definitiva. Durante décadas, todos los varones españoles estaban obligados a prestar este servicio al cumplir la mayoría de edad, con una duración que fue variando a lo largo del tiempo, desde los 24 meses en sus inicios hasta los 9 meses en sus últimos años.

La finalidad principal de este servicio era proporcionar formación militar básica a los jóvenes españoles, quienes pasaban a formar parte de las Fuerzas Armadas durante ese período. La experiencia era considerada como un rito de paso para los hombres españoles y tenía un importante componente social y cultural.

En 1996 se inició el proceso de profesionalización de las Fuerzas Armadas españolas, lo que llevó a la suspensión del servicio militar obligatorio en 2001. Desde entonces, el ejército español está formado exclusivamente por personal profesional que accede voluntariamente a las Fuerzas Armadas.

¿Cuánto tiempo de la mili se puede computar para la jubilación?

Aunque el servicio militar podía durar entre 9 y 24 meses según la época, la Seguridad Social solo permite computar un máximo de un año para el acceso a la jubilación anticipada. Este límite se aplica con independencia de que la duración real del servicio hubiera sido superior. Es importante destacar que este tiempo no incrementa en ningún caso el porcentaje de la pensión a percibir, sino que únicamente sirve para cumplir con el período mínimo de cotización exigido para acceder a la jubilación anticipada.

¿Cómo afecta la mili a los diferentes tipos de jubilación anticipada?

El cómputo del tiempo de servicio militar puede resultar determinante tanto para la jubilación anticipada voluntaria como para la involuntaria. En el caso de la jubilación anticipada voluntaria, actualmente se exige un período mínimo de cotización de 35 años, mientras que para la jubilación anticipada involuntaria este requisito se reduce a 33 años.

Para muchos trabajadores que se encuentran cerca de cumplir estos requisitos, poder sumar hasta un año adicional gracias al servicio militar puede ser crucial para alcanzar el período mínimo exigido. Sin embargo, es importante recordar que acceder a una jubilación anticipada implica la aplicación de coeficientes reductores que disminuyen la cuantía de la pensión de forma permanente, por lo que es una decisión que debe valorarse cuidadosamente en cada caso particular.

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