La cuota de autónomos más baja se reduce en 5 euros este año

Los 15 tramos del sistema de cotización en base a ingresos reales se actualizan ► Los trabajadores por cuenta propia cuyos rendimientos netos superen los 6.000 euros pagarán 30 euros más al mes
Galicia tiene 205.000 autónomos y el 8,8% cotiza por la base mínima. AEP
photo_camera Galicia tiene 205.000 autónomos y el 8,8% cotiza por la base mínima. AEP

La reforma del sistema de cotización de los autónomos por la cual estos profesionales deben adaptar sus cuotas a sus rendimientos netos continúa con su despliegue. Tras su entrada en vigor en 2023, el marco pactado por el Gobierno y las principales organizaciones sectoriales en julio de 2022, que se estructura en 15 tramos, vuelve a actualizarse este año.

El resultado es una bajada de la mensualidad a pagar para los trabajadores por cuenta propia cuya base de cotización se sitúa en los tres grupos de menor cuantía. En los tres tramos siguientes —aquellos cuya base mínima de cotización oscila entre los 950,98 y los 960,78 euros—, la cuota permanecerá sin cambios, en tanto que a los profesionales que por su volumen de ingresos se enmarcan en alguno de los nueve rangos restantes les tocará pagar más.

Autónomos

Así las cosas, la cuota correspondiente a la base mínima de cotización de cada tramo oscilará este año entre los 225 y los 530 euros. Los cotizantes del primer grupo, que son aquellos cuyos rendimientos netos son inferiores a 670 euros, pagarán 225 euros al mes a la Seguridad Social a partir de este mes, cinco menos que en 2023, lo que supone un ahorro de 60 euros anuales. En cambio, los emprendedores que facturen más de 6.000 euros tendrán que hacer un esfuerzo mayor, de 30 euros más al mes, pues les tocará desembolsar 530.

En 2022, con el sistema de libre elección de la base de cotización, las cuotas oscilaban en un rango de 293,94 y 1.266,66 euros.

¿Cómo se calcula el rendimiento neto para determinar la base de cotización? Se halla tomando en cuenta los ingresos obtenidos de la actividad, a los que hay que restar los gastos deducibles que especifica la normativa del IRPF. Al importe resultante se le suma la cuota que se paga a la Seguridad Social, menos un 7% derivado de los gastos que tiene el autónomo y que son imposibles de justificar. Este descuento se reduce al 3% en el caso de los socios mercantiles o socios laborales, siempre que hayan estado de alta en el Reta al menos 90 días a lo largo del año.

El nuevo sistema de tramos se ajustará cada tres años —la primera revisión será la que el ministerio y los agentes sociales deberán acordar para 2026— hasta que en 2032 se complete la reforma.

Cabe recordar que, si los ingresos fluctúan, la base de cotización se podrá ajustar cada dos meses, esto es, hasta seis veces al año. El trámite se puede realizar online a través del apartado "Modificación de datos del trabajo autónomo" en la web de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).

Con este nuevo sistema, todos los autónomos deberán presentar este año la declaración de la renta de la campaña de 2023. Luego, la TGSS cruzará los datos con la Agencia Tributaria y revisará si se ha cumplido o no la previsión de ingresos de 2023. Aquellos que infracotizaran deberán regularizar su situación abonando la diferencia y a los que pagaron más de lo debido se les restituirá el exceso.

En cuanto a los autónomos que se den de alta este año, se seguirán beneficiando de una cuota reducida de 80 euros al mes en el primer año, que se podrá extender por otros 12 meses más si los ingresos netos están por debajo del salario mínimo interprofesional (SMI).