Fin al secreto salarial: los trabajadores tendrán derecho a saber lo que cobran sus compañeros

Una directiva europea que se aplicará a partir de junio establece que las ofertas de empleo deberán precisar el salario o al menos un rango
Trabajadores de la Administración. AEP
Trabajadores de la Administración. AEP

El secretismo en torno a los sueldos que cobran los trabajadores dentro de una misma empresa y las ofertas de empleo que omiten la remuneración que percibirá la persona fichada tienen los días contados. El próximo 7 de junio comenzará a aplicarse en España una directiva europea sobre transparencia retributiva aprobada en 2023 con el objetivo de combatir la discriminación salarial y contribuir a eliminar la brecha de género en las nóminas. 

Una de las medidas que incluye es que los trabajadores tendrán derecho a pedir a la empresa información sobre los niveles salariales medios que cobran los compañeros que realizan las mismas tareas u otras de igual valor, desglosados por sexos e incluyendo complementos salariales o extras. Los empleadores también estarán obligados a indicar los criterios utilizados para determinar la retribución y la progresión en la carrera profesional.

Procesos de selección

Las nuevas normas también introducen exigencias en los procesos de selección de personal. La empresa deberá informar a los aspirantes sobre la remuneración inicial o, al menos, el rango salarial previsto para el puesto que se ofrece, ya sea en el anuncio de la vacante o antes de la entrevista. Además, quedará prohibido preguntar a los candidatos por sus sueldos en empleos anteriores. 

Informar sobre la brecha salarial

La directiva comunitaria también contempla otras obligaciones de comunicación para las compañías. Aquellas con más de 250 trabajadores tendrán que informar anualmente a la autoridad competente sobre la brecha salarial de género en su organización. En el caso de firmas más pequeñas, esa exigencia se fija cada tres años, salvo para aquellas con menos de 100 empleados, que estarán exentas.

Si el informe revela una diferencia retributiva superior al 5% entre hombres y mujeres en puestos de igual valor que no pueda justificarse por criterios objetivos y neutros al género si se corrija en un plazo de seis meses, las empresas deberán realizar una evaluación retributiva en colaboración con los representantes de los trabajadores con medidas correctoras. 

Esa obligación de reportar la brecha retributiva entrará en vigor de forma gradual según la dimensión de la empresa. Las que cuentan con más de 250 personas en plantilla deberán facilitar esa información a más tardar el 7 de junio de 2027, con datos del ejercicio anterior; aquellas con entre 150 y 249 empleados tendrán que empezar no más allá de junio de 2028, mientras para las que tienen entre 100 y 149 trabajadores el margen se extenderá hasta junio de 2031.

El fantasma de las sanciones

El incumplimiento de la normativa de transparencia retributiva conlleva sanciones que pueden oscilar entre los 626 y los 225.018 euros, en función de la gravedad de la infracción; la pérdida de ayudas públicas; y la obligación de indemnizar a los afectados. Un aspecto clave es la inversión de la carga de prueba: será la empresa la que deba demostrar que las diferencias salariales son neutras con respecto al género y no discriminatorias.
 

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