Pensión de jubilación para amas de casa: todos los requisitos para solicitarla en 2025

La prestación no contributiva aumentará un 9% hasta los 7.905,80 euros anuales, beneficiando a un colectivo históricamente desprotegido que podrá acceder a ella cumpliendo ciertos criterios
Una ama de casa retira una elaboración del horno. PIXABAY
Una ama de casa retira una elaboración del horno. PIXABAY

Las amas y amos de casa en España afrontan un cambio significativo en su protección social de cara a 2025. El Gobierno ha implementado una importante mejora en las pensiones no contributivas destinadas a este colectivo, que podrán acceder a prestaciones de hasta 7.905,80 euros anuales, lo que supone un incremento del 9% respecto a las cuantías de 2024. Esta modificación representa un reconocimiento oficial al trabajo doméstico y busca corregir una desigualdad estructural que ha afectado principalmente a mujeres.

Hasta hace poco tiempo, las personas dedicadas exclusivamente al cuidado del hogar quedaban prácticamente desprotegidas al alcanzar la edad de jubilación por no haber cotizado lo suficiente en el sistema laboral formal. La normativa actualizada para 2025 establece un mecanismo que equipara sus derechos con los de otros trabajadores, proporcionándoles una pensión no contributiva que actúa como respaldo económico para quienes han estado al frente de las tareas domésticas sin percibir remuneración.

Esta medida beneficia especialmente a un sector poblacional vulnerable y tradicionalmente invisibilizado, garantizando unos ingresos mínimos a quienes llegan a la edad de jubilación sin recursos propios suficientes tras décadas de dedicación al cuidado familiar, un trabajo esencial pero raramente reconocido en términos económicos.

Requisitos específicos para solicitar la pensión no contributiva

No todas las personas dedicadas al hogar podrán acceder automáticamente a esta prestación. La pensión está diseñada como red de protección para personas sin recursos, por lo que los requisitos económicos son determinantes. En primer lugar, es imprescindible haber cumplido los 65 años y acreditar una residencia legal en España durante al menos 10 años, entre los 16 años y la fecha de solicitud, siendo necesario que dos de estos años sean consecutivos e inmediatamente anteriores al momento de la petición.

El factor económico es el aspecto más restrictivo: si la persona solicitante vive sola, sus ingresos anuales no pueden superar los 7.905,80 euros. Para quienes conviven con familiares, los límites varían considerablemente según la composición de la unidad familiar:

- Convivencia con cónyuges o parientes hasta segundo grado y 2 convivientes: máximo de 13.439,86 €
- Con 3 convivientes: máximo de 18.973,92 €
- Con 4 convivientes: máximo de 24.507,98 €
- Con 5 convivientes: máximo de 30.042,04 €

Cuando entre los convivientes se incluyen padres o hijos, los límites se amplían significativamente:

- Convivencia con 2 convivientes, incluyendo padres o hijos: máximo de 33.599,65 €
- Con 3 convivientes, incluyendo padres o hijos: máximo de 47.434,80 €
- Con 4 convivientes, incluyendo padres o hijos: máximo de 61.269,95 €

Cálculo y determinación de la cuantía de la pensión

La cuantía máxima para 2025 se ha establecido en 7.905,80 euros anuales, lo que representa un incremento del 9% respecto al ejercicio anterior. Este aumento forma parte de una estrategia gubernamental para reducir la brecha entre las pensiones mínimas y el umbral de pobreza, beneficiando tanto a las pensiones no contributivas de jubilación como a las de invalidez.

Es fundamental tener en cuenta que el importe individual que recibirá cada pensionista no es fijo, sino que se calcula considerando diversos factores, especialmente el número de beneficiarios dentro de la misma unidad económica de convivencia. A mayor número de convivientes, menor será la cuantía individual, puesto que se presupone una distribución de recursos entre todos los miembros del hogar.

La distribución de los pagos se realiza en 12 mensualidades más dos pagas extraordinarias, garantizando así un ingreso estable durante todo el año para los beneficiarios. Esto supone aproximadamente 564,70 euros mensuales en 14 pagas para quienes perciban la cuantía íntegra.

Gestión y tramitación de las pensiones no contributivas

A diferencia de las pensiones contributivas gestionadas por la Seguridad Social, las pensiones no contributivas son competencia de las comunidades autónomas. El procedimiento de solicitud varía según la región, siendo los órganos autonómicos los encargados de la tramitación, excepto en Ceuta y Melilla, donde esta función corresponde a las Direcciones provinciales del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso).

Para iniciar el proceso, los interesados deben dirigirse a los servicios sociales de su comunidad autónoma o acceder a las plataformas digitales habilitadas para tal fin. Cada administración regional dispone de formularios específicos y puede requerir documentación adicional para verificar que se cumplen todos los requisitos establecidos.

La digitalización de los trámites ha simplificado considerablemente el proceso, permitiendo realizar la solicitud online en muchas comunidades autónomas, aunque siempre existe la opción presencial para quienes tienen dificultades con las herramientas digitales o prefieren una atención personalizada.

¿Se puede combinar esta pensión con otras prestaciones?

Una duda frecuente entre los potenciales beneficiarios es la compatibilidad con otras prestaciones. La normativa establece claramente que no es posible percibir dos pensiones del mismo régimen simultáneamente, con la excepción de la pensión de viudedad. En caso de tener derecho a más de una prestación, el solicitante deberá elegir aquella que le resulte más beneficiosa económicamente.

Las pensiones no contributivas son incompatibles entre sí, lo que significa que una persona no puede recibir al mismo tiempo una pensión no contributiva de jubilación y otra de invalidez, debiendo optar por una de ellas según su situación particular.

Sin embargo, existen excepciones para ciertos profesionales. Los facultativos de atención primaria, médicos de familia y pediatras del Sistema Nacional de Salud pueden compatibilizar su pensión contributiva de jubilación con el trabajo, percibiendo el 75% del importe de dicha pensión, siempre que cumplan determinados requisitos y soliciten una prórroga en el servicio activo. Esta medida, implementada a finales de 2022, busca paliar la escasez de profesionales sanitarios, especialmente en atención primaria.

Diferencias entre pensiones contributivas y no contributivas

La principal distinción entre ambos tipos de pensiones radica en la cotización previa. Mientras las pensiones contributivas exigen un periodo mínimo de cotización a la Seguridad Social (generalmente 15 años, con al menos dos en los últimos 15 años), las no contributivas están diseñadas precisamente para quienes no han cotizado lo suficiente o nunca lo han hecho, como es el caso de muchas amas de casa.

En el régimen contributivo, es posible acceder a dos pensiones si se ha cotizado a regímenes distintos (por ejemplo, al general y al de autónomos) y se cumplen ciertos requisitos, como haber cotizado al menos 15 años en ambos regímenes de forma simultánea. Esta posibilidad no existe en las pensiones no contributivas, donde la regla es más restrictiva.

Las cuantías también difieren significativamente, siendo generalmente superiores en las pensiones contributivas, puesto que están vinculadas a las cotizaciones realizadas durante la vida laboral. No obstante, las pensiones no contributivas garantizan un mínimo vital a quienes, de otro modo, quedarían completamente desprotegidos al llegar a la edad de jubilación.

Las pensiones no contributivas como instrumento de justicia social

La implementación y refuerzo de estas pensiones representa un avance significativo en términos de equidad y reconocimiento del trabajo doméstico. Durante décadas, las tareas del hogar han quedado fuera del sistema formal de valoración económica, pese a su contribución esencial al bienestar social y al sostenimiento de la economía productiva.

Al establecer estas prestaciones, el Estado reconoce implícitamente el valor del trabajo invisible realizado mayoritariamente por mujeres y ofrece una compensación, aunque limitada, por años de dedicación no remunerada. Este tipo de medidas contribuyen a reducir la feminización de la pobreza en la tercera edad, un fenómeno ampliamente documentado en España y otros países desarrollados.

La revalorización para 2025 supone además un esfuerzo por adaptar estas pensiones a la realidad económica actual, marcada por la inflación y el incremento del coste de vida, especialmente sensible para las personas mayores con recursos limitados.

¿Qué documentación se necesita para solicitar la pensión?

Para formalizar la solicitud de una pensión no contributiva para amas de casa, es necesario presentar varios documentos que acrediten tanto la identidad como la situación económica del solicitante. Entre ellos destacan:

- DNI o NIE en vigor
- Certificado de empadronamiento que acredite la residencia legal en España durante el período requerido
- Declaración de ingresos o rentas del solicitante y de los miembros de su unidad económica de convivencia
- Declaración de la Renta o certificado negativo en caso de no haberla presentado
- Certificado de convivencia emitido por el ayuntamiento correspondiente
- Datos bancarios para el abono de la prestación

En algunos casos, las administraciones pueden solicitar documentación adicional para verificar las circunstancias particulares del solicitante o resolver posibles dudas sobre su situación económica o personal.

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