Golpe a la flota mariñana: la Justicia de la UE respalda las 87 vedas a la pesca de fondo
El Tribunal General de la Unión Europea (TJUE) dio este miércoles un mazazo a la flota mariñana al respaldar la decisión de Bruselas de prohibir la pesca con cualquier arte de fondo en 87 zonas de aguas comunitarias entre el Golfo de Cádiz e Irlanda, en vigor desde el 9 de octubre de 2022. La Justicia comunitaria desestimó así los recursos presentados por el Estado español y la Organización de Productores Pesqueros del Puerto de Burela –con la Xunta como coadyuvante– contra el reglamento de ejecución que impuso esas vedas.
En una sentencia de 23 páginas, el TGUE concluye que el Ejecutivo comunitario tenía potestad para adoptar esa medida en el objetivo de proteger ecosistemas marinos vulnerables. Tumba así uno de los grandes argumentos esgrimidos por la flota de Burela y el Ministerio de Pesca: la vulneración del principio de proporcionalidad.
Impacto socioeconómico
Los demandantes alegaron que la Comisión Europea había vetado la pesca con cualquier arte de fondo entre los 400 y los 800 metros de profundidad en esas 87 áreas ubicadas en aguas de España, Irlanda, Francia y Portugal sin medir el impacto real de cada una de las artes afectadas sobre el fondo marino. También esgrimieron que no evaluó las consecuencias socioeconómicas de su decisión con informes previos.
La Justicia de la UE señala que Bruselas podía prohibir la pesca con artes de fondo en zonas donde se conoce la existencia de ecosistemas marinos vulnerables o en las que sea probable que existan –incluidos artes fijos como el palangre– "pese a los probables efectos negativos en el ámbito socioeconómico".
En este sentido, abunda en que "el legislador no está obligado a realizar una ponderación específica y motivada del interés de la protección del medio marino, vinculado a la explotación sostenible de los recursos biológicos marinos, con los intereses de las personas que llevan a cabo actividades y los aspectos socioeconómicos de esas actividades".
Golpe al palangre
Aunque el controvertido reglamento fue concebido para poner límites fundamentalmente al arrastre, la modalidad más perjudicada acabó siendo el palangre de fondo, con el que la flota mariñana pesca fundamentalmente merluza. En el recurso, la flota de Burela negó que los artes fijos, el particular los palangres demersales, puedan causar efectos adversos sobre los ecosistemas vulnerables, pero el TGUE consideró que "no han logrado demostrar que tal riesgo quede completamente excluido".
Alude a una serie de documentos y artículos en base a los cuales concluye que "no puede excluirse que, debido a las corrientes de agua o a los movimientos laterales cuando se recuperan, puedan desplazarse (o incluso perderse) accidentalmente, de modo que causen daños".
Al perder esta batalla judicial frente a Bruselas, las vedas continuarán tras provocar una pérdida de capturas y facturación y más costes para la flota afectada.