Plan de prevención de riesgos para empleadas de hogar: claves esenciales, plazos y qué hacer si la página falla

Más del 97% de los empleados del hogar son mujeres en Galicia. EUROPA PRESS
Las familias empleadoras deben completar la evaluación esta semana para cumplir con la normativa. Afecta a más de 348.000 trabajadoras del sector, mayoritariamente mujeres extranjeras.

Las familias con empleadas del hogar dadas de alta en la Seguridad Social tienen hasta esta semana para finalizar la evaluación de riesgos laborales del puesto de trabajo, en cumplimiento de las obligaciones establecidas por la normativa aprobada el año pasado. Este requisito incorpora por primera vez a un colectivo altamente feminizado dentro del marco de la prevención de riesgos laborales, un derecho del que no disponían hasta ahora.

El procedimiento forma parte de las mejoras laborales para un sector tradicionalmente desprotegido, donde aproximadam ente 348.000 mujeres están afiliadas oficialmente al sistema especial de empleadas de hogar en España. Sin embargo, según la Encuesta de Población Activa, el colectivo real ascendería a 463.600 personas, lo que significa que cerca de 115.600 trabajadoras permanecen sin alta en la Seguridad Social, quedando al margen de estas y otras protecciones laborales.

El incumplimiento de estas obligaciones puede acarrear consecuencias económicas significativas para los empleadores. Las sanciones por parte de la Inspección de Trabajo pueden oscilar entre los 45 y 2.450 euros en casos leves, mientras que las infracciones graves podrían ser penalizadas con multas de entre 2.451 y 49.180 euros, dependiendo de la gravedad del incumplimiento detectado.

Marco normativo y plazos de cumplimiento

La obligación de realizar evaluaciones de riesgos para empleadas del hogar se ampara en el real decreto que reguló la protección de la seguridad y salud en el ámbito del servicio del hogar familiar. Esta normativa estableció un plazo de seis meses desde la habilitación de la herramienta oficial para completar dicha evaluación. La plataforma digital (www.prevencion10.es) fue habilitada en mayo de 2025, por lo que el plazo para cumplir con esta obligación vence en noviembre de 2025.

Página de Prevencion10.es en la que el Gobierno facilita los trámites para quienes tienen contratadas empleadas del hogar. GÉ

Debido a la alta demanda, la plataforma está experimentando problemas de acceso desde este miércoles. El Ministerio de Trabajo recomienda a los usuarios intentar acceder más tarde y ha habilitado un correo electrónico (prevencion10@insst.mites.gob.es) para resolver las dudas que puedan surgir durante el proceso de evaluación.

Procedimiento para realizar la evaluación

El proceso completo se realiza digitalmente a través de la plataforma www.prevencion10.es, accediendo a la sección específica de prevención en el hogar. Allí, los empleadores deben introducir datos personales y laborales, tanto propios como de las personas que trabajan en su domicilio, incluyendo una descripción detallada de las tareas que realizan habitualmente.

Con esta información como base, el sistema guía a los usuarios a través de una serie de preguntas organizadas en bloques temáticos. Si durante este proceso se detecta algún factor de riesgo potencial, la propia plataforma ofrece recomendaciones y soluciones para mitigarlo. Entre las obligaciones establecidas está que los empleadores deben proporcionar gratuitamente a las trabajadoras todos los equipos necesarios para el correcto desempeño de sus funciones, así como reponerlos cuando sea necesario.

Para facilitar el cumplimiento, la plataforma también ofrece un servicio de atención telefónica gratuita (913 634 300), disponible de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas, donde se pueden resolver dudas específicas sobre el procedimiento.

Documentación necesaria y otras obligaciones

Una vez completada la evaluación en la plataforma, se genera automáticamente un documento denominado Plan de prevención de riesgos laborales. Este documento debe ser firmado tanto por la persona empleadora como por la empleada del hogar, y debe mantenerse disponible en caso de que sea requerido por la Inspección de Trabajo durante una posible visita.

Además de la evaluación de riesgos, la normativa contempla otras medidas complementarias como la formación específica en prevención y la realización de reconocimientos médicos voluntarios. Sin embargo, la implementación efectiva de estas medidas adicionales está pendiente del desarrollo de cursos por parte del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y de la inclusión de los reconocimientos médicos en la cartera de servicios básicos del sistema sanitario público.

La plataforma también pone a disposición de empleadores y empleadas diversos materiales explicativos sobre prevención de riesgos laborales específicamente adaptados para este colectivo, facilitando así la comprensión de las medidas preventivas que deben adoptarse.

¿Qué hacer si no se puede acceder a la plataforma?

Ante los problemas de acceso que está experimentando la plataforma debido a la alta demanda, los empleadores tienen varias opciones. Además de intentar acceder en diferentes momentos, pueden contactar directamente con el servicio de atención habilitado a través del correo electrónico prevencion10@insst.mites.gob.es o el teléfono 913 634 300.

Es importante tener en cuenta que, aunque existan dificultades técnicas temporales, la obligación legal sigue vigente y los plazos establecidos no se modifican automáticamente. Por tanto, se recomienda a los empleadores ser persistentes en sus intentos de acceso y, en caso necesario, documentar estos intentos como prueba de su voluntad de cumplimiento.

Las organizaciones representativas del sector también pueden proporcionar orientación y apoyo en este proceso, facilitando información actualizada sobre posibles extensiones de plazos o medidas alternativas que pudieran establecerse para garantizar el cumplimiento de la normativa en caso de que los problemas técnicos persistan.