El seguro por impago del alquiler no será universal: estos son los requisitos en Galicia

Estará limitado a los propietarios que tengan inquilinos menores de 35 años o vulnerables, siempre que la renta no supere el índice estatal de referencia para fijar el precio en los contratos 

Una pareja pasa ante una inmobiliaria. EUROPA PRESS
Una pareja pasa ante una inmobiliaria. EUROPA PRESS

El nuevo decreto ómnibus aprobado este martes por el Consejo de Ministros para salvar una parte de las medidas que decayeron la semana pasada en el Congreso al lograr el PSOE un acuerdo con Junts para apoyarlo incluye una novedad: la creación de un sistema de avales públicos para asegurar a propietarios el cobro de la renta del alquiler en caso de impago. La medida, que ya había avanzado el presidente Pedro Sánchez, no será universal. 

¿A quién va dirigido el seguro?

Estará limitado a contratos de arrendamiento de vivienda habitual y permanente en los que el inquilino sea un menor de 35 años o persona vulnerable de acuerdo a los criterios fijados reglamentariamente.

Otro aspecto importante es que los avales se ceñirán a rentas que no superen el índice estatal de precios de referencia del alquiler, una base de datos que ofrece una horquilla de precios a título orientativo para nuevos contratos en función de la zona y las características del inmueble.

¿Qué cubren estos avales?

Garantizarán el pago de todas las rentas o mensualidades impagadas hasta que el dueño recupere la posesión de la vivienda. También cubrirá los daños causados en la finca por culpa del arrendatario; el coste de los suministros que hayan sido asumidos por los propietarios y otros daños y costes que se establezcan.

Este sistema necesita un desarrollo reglamentario que deberá aprobarse "en un plazo máximo de seis meses desde la publicación de esta norma", recoge el nuevo marco. Será de aplicación sobre los contratos vigentes a la entrada en vigor del real decreto ley", que ahora debe pasar el filtro del Congreso. 

Otras condiciones a cumplir

Para poder optar al aval se exige depositar la fianza legal obligatoria del contrato de alquiler y sus actualizaciones. Además, arrendador y arrendatario deberán suscribir el compromiso relativo al aval al alquiler usando un modelo que aprobará la Administración.

¿Cuándo se podrá solicitar?

El cobro de las cantidades avaladas se podrá pedir en un plazo de seis meses desde que el propietario recupere la posesión de la vivienda, ya sea por una resolución judicial de desahucio o un acuerdo judicial o extrajudicial entre las partes.

El texto deja la puerta abierta a abrir estos seguros –que gestionarán las comunidades– a nuevos colectivos en el futuro.
 

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