¿Cómo puedo lograr hasta 3.000 euros de ayuda para 'arreglar' el feísmo en mi casa?

Se podrán solicitar desde el día 20 de enero con un mes de plazo. En total, hay 2 millones de presupuesto para 2025
Una cerca en una vivienda de Betanzos. EP
Un balcón en una vivienda de Betanzos. EP

El Diario Oficial de Galicia publicó este jueves la quinta convocatoria de las ayudas de la Xunta para la corrección de impactos paisajísticos, destinadas a ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes y particulares, con un presupuesto este de 1 millón para cada uno de estos destinos. Las solicitudes se podrán presentar a partir del día 20 de enero, con un mes de plazo. Los ciudadanos podrán percibir hasta 3.000 euros para solucionar en sus viviendas ese feísmo.

Para los concellos pequeños, hay una línea de ayudas contra el feísmo orientada a actuaciones en edificios y dependencias municipales, y otra para obras en construcciones, equipamientos públicos y bienes del patrimonio etnográfico local –como fuentes, lavaderos, hórreos y palcos de música– deteriorados. El importe máximo es de 20.000 euros por cada una.

Para los particulares, se podrá recibir hasta 3.000 euros para mejorar la imagen exterior de sus viviendas y otras construcciones anexas –como muros de cierre, por ejemplo–. Solo cabrá presentar una solicitud por persona solicitante y bien, cuya propiedad se deberá acreditar. La fecha límite para ejecutar el proyecto y presentar la documentación justificativa será el 30 de septiembre.

Tanto para las administraciones locales como para los ciudadanos, pueden cubrir hasta el 70% del proyecto. Las solicitudes se deben cursar a través de la sede electrónica de la Xunta.


¿Qué se puede pagar con estas ayudas?

Según figura en las bases publicadas en el Diario Oficial de Galicia, el Instituto de Estudo do Territorio considera como gastos subvencionables en el caso de los ciudadanos aquellos necesarios para la adecuada ejecución de las actuaciones subvencionadas, como por ejemplo los materiales y la mano de obra

También permite costear la redacción de los proyectos técnicos necesarios para estas actuaciones, la dirección de las obras y el precio de los estudios, aunque estos costes generales asociados "no podrán superar el 10% de la inversión subvencionable".

Otra aplicación son los tributos, aunque "en ningún caso" se subvencionarán los impuestos indirectos cando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.

¿Y qué no se puede? Los gastos corrientes de funcionamiento de la persona beneficiaria, el equipamiento y materiales no fungibles de segunda mano; actuaciones de mantenimiento que se realicen periódicamente para mantener el recurso o el elemento sobre el cual se propone la actuación en perfecto uso o estado, o el pago de intereses, sanciones los intereses o procedimientos judiciales.

Y todos estos gastos deben haberse producido desde la fecha de publicación de esta resolución.

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