Ocho años y medio de cárcel por dar un machetazo en la cabeza en la discoteca a un enemigo
Menos de una semana ha tardado la Audiencia de Ourense en decidir la suerte de Gerad Eligio C.V. La "plena identificación" que ofreció su víctima, el hecho de que las cámaras de seguridad lo situaran en el escenario del crimen o la presencia de restos biológicos del agredido en la chaqueta que llevaba fueron determinantes para considerarlo autor de un intento de asesinato por haberle asestado un machetazo en la cabeza al denunciante, con quien tenía enemistad y con quien ya se había peleado antes esa misma noche del 5 de marzo de 2023. Se le castiga por ello con 8 años y medio de prisión.
Desde el primer momento, la declaración de la víctima no dejó lugar a dudas. Se encontraba en la discoteca Luxus junto a unos amigos cuando, de repente, lo atacaron por la espalda y notó un golpe en la cabeza. Al darse la vuelta reconoció a su agresor, que llevaba en la mano un machete de 45 centímetros de largo con una parte de hoja afilada y otra de sierra, y pese a la fractura en el cráneo que había sufrido, se arrancó a forcejear con él hasta arrebatarle el arma y ponerlo en fuga.
Así, en cuanto acudió la Policía, proporcionó a los agentes el nombre, la dirección e incluso el perfil de las redes sociales de su agresor, a quien conocía del barrio y con el que se llevaba mal a causa de un conflicto anterior que había tenido con un amigo suyo.
De hecho, instantes antes ya habían tenido un encontronazo en otro pub de la ciudad, el Symbol, cosa que ambos reconocieron en el juicio celebrado el pasado día 6, aunque, eso sí, culpándose mutuamente de la pelea.
"Datos objetivos" sobre su culpabilidad
Esta claridad a la hora de identificar al encausado, así como el hecho de que ya se conocieran, "permiten desvirtuar las objeciones de la defensa al reconocimiento efectuado por el lesionado en sede policial", señala la sentencia, con fecha de este miércoles.
Pero, además, los magistrados consideran que hay "datos objetivos" que corroboran su versión, como la presencia de "restos biológicos" tanto de uno como de otro en la chaqueta de color azul oscuro que vestía el atacante, la sangre del agredido en el machete y las imágenes de las cámaras de seguridad en las que se ve a Gerad Eligio entrando y saliendo de la Luxus. Esto último desmiente su declaración ante el tribunal, en la que aseguraba que ya se había ido a casa cuando se produjeron estos hechos.
En cuanto a las insinuaciones de la defensa acerca de la culpabilidad del compañero de piso de Gerad Eligio –que fue a quien encontró la Policía con el machete y la chaqueta en la mano–, recalca que "no hay otra explicación lógica" que la que este mismo dijo a los agentes: que se las había entregado el procesado.
Ataque "sorpresivo" y "a la cabeza"
Por otra parte, en base a los testimonios de especialistas del Imelga y del Centro Penitenciario de Pereiro de Aguiar, la Audiencia descarta que el condenado padezca "patología mental alguna ni adictiva" que le afectara en sus decisiones.
Asimismo, concluye que se trata de un intento de asesinato, y no de homicidio, porque llevó a cabo "un ataque sorpresivo y por la espalda, y rápido, directamente dirigido a la cabeza, empleando además un arma blanca de considerables dimensiones", con lo cual "cercenó las posibilidades de defensa de la víctima".
Expulsado del país en cuanto salga de prisión
La sentencia dicta la expulsión del territorio español de Gerad Eligio C.V., de origen dominicano y en situación irregular en el país, "tan pronto obtenga la libertad condicional" y con la prohibición de entrar en el país durante 10 años.
Además, deberá pagar a la víctima 4.400 euros de indemnización. Son 2.300 euros por la curación –40 en total, 30 de ellos "impeditivos para las actividades de la vida diaria"– y otros 2.100 por las secuelas –una cicatriz de 6 centímetros en la cabeza y otra en una mano–.


